El juicio por el presunto acoso del Jefe de la Policía Local de Siero hacia un agente arranca con la declaración del denunciante y varios testigos
La acusación pide un total de tres años y medio de cárcel para el subinspector por supuestos delitos de lesiones psíquicas y contra la integridad moral

La comisaría de la Policía Local de Siero / SARA ARIAS

La Audiencia Provincial de Asturias acogió este miércoles la primera sesión del juicio contra un subinspector de la Policía Local de Siero acusado de un delito contra la integridad moral por supuestamente someter a un agente del cuerpo a humillaciones, vejaciones y situaciones de acoso durante el tiempo en el que ejerció funciones de superior jerárquico.
Durante la vista oral declararon el agente denunciante y varios testigos, entre ellos dos responsables anteriores de la Policía Local de Siero.
La acusación, ejercida por el abogado Guillermo Calvo, solicita para el acusado una condena de un año y tres meses de prisión por un delito contra la integridad moral, además de otros dos años de cárcel por las presuntas lesiones psíquicas ocasionadas a la víctima.
Hechos
Según el escrito de calificación del Ministerio Fiscal, los hechos se habrían producido entre los años 2018 y 2022 en las dependencias de la Policía Local de Siero, en Pola de Siero. El acusado ocupaba entonces el cargo de subinspector del cuerpo y, en ausencia del comisario, asumía funciones de jefe accidental. Asimismo, ejercía como delegado sindical de CSIF, mientras que el agente denunciante pertenecía al Sindicato Independiente de la Policía Local de Asturias (SIPLA).
La Fiscalía sostiene que el procesado participó, de manera directa o a través de otros agentes, en diferentes actuaciones dirigidas contra el policía. Entre ellas figura un episodio ocurrido el 31 de diciembre de 2018 en un grupo de WhatsApp compartido por ambos, donde, según el relato fiscal, el acusado habría insultado al agente con expresiones como “payaso” o “subnormal”, además de amenazarle con “darle dos hostias”. Tras aquel incidente, el denunciante inició un periodo de baja laboral que se prolongó durante aproximadamente un año.
Vacaciones denegadas
El Ministerio Público también atribuye al subinspector la denegación de las vacaciones correspondientes al año 2019, una vez reincorporado el agente a comienzos de 2020. La Fiscalía considera que la negativa carecía de justificación real, al entender que el servicio estaba cubierto y que otros policías sí obtenían permisos en esas fechas.
Entre los episodios recogidos en el escrito de acusación también figura la aparición de carteles ofensivos en las dependencias policiales y la retirada del arma reglamentaria del agente, acordada por el Ayuntamiento de Siero en marzo de 2020 tras un informe del entonces jefe accidental de la Policía Local. La Fiscalía sostiene que aquella decisión carecía de fundamento normativo y que su difusión entre la plantilla y en redes sociales agravó la exposición pública del funcionario.
Todos estos hechos fueron corroborados por los testigos que declararon en la primera sesión, en la que el denunciante relató las presuntas conductas a las que fue sometido. Este jueves
Protocolo antiacoso e informe de riesgos
A raíz de los hechos denunciados, el Ayuntamiento de Siero activó un protocolo antiacoso. Un informe elaborado en julio de 2020 por el técnico superior de Prevención de Riesgos Laborales recogió indicadores de riesgo psicosocial y describió conductas compatibles con posibles situaciones de acoso laboral.
La Fiscalía considera que los hechos podrían ser constitutivos de un delito contra la integridad moral y sostiene que el agente sufrió daños psicológicos, aunque sin secuelas permanentes acreditadas. Por ello, además de la pena de prisión, reclama una indemnización de 6.000 euros por daños morales, así como el abono de las cantidades derivadas de la asistencia sanitaria prestada por el Sespa, cuya cuantía se fijaría en ejecución de sentencia.
Los hechos ya habían sido juzgados y el mando policial condenado a un año y medio de cárcel por estos hechos en el Juzgado de lo Penal número 2 de Oviedo. Pero la sentencia fue anulada por que el juzgado no tenía competencia para enjuciar los hechos, que han acabado llegando a la Audiencia.
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