El 24 de septiembre de 1810 se inauguraban con solemnidad las Cortes Generales y Extraordinarias en el teatro acondicionado para sala de las mismas en la gaditana Isla de León. «La nación levantó el vuelo» en frase de Fernando García de Cortázar.

Asturias estuvo representada por siete diputados (uno por cada 50.000 almas según el reglamento electoral) y uno más en representación de la Junta Superior de Defensa y Observación de Asturias. Fue elegido D. Alonso Cañedo Vigil, entonces dignidad de la catedral de Toledo.

Cañedo pertenecía a una familia hidalga, como consta en el expediente de limpieza de sangre e hidalguía hecho en 1781. Nació en Grullos, capital del concejo de Candamo, el 19 de enero de 1760, hijo de D. Fernando García Cañedo y D.ª Francisca Vigil, y fue bautizado el día 22. En Grullos aún se conserva, con su escudo blasonado, el palacio de la familia Cañedo.

Cursó Artes y Leyes en la Universidad de Oviedo hasta 1779, para trasladarse, con una beca, a estudiar al Colegio de San Pelayo o «de los Verdes», en Salamanca, colegio fundado por el también fundador de la Universidad de Oviedo, el arzobispo e inquisidor general, D. Fernando de Valdés. Allí estudió Cánones, y se graduó definitivamente en la Universidad de Toledo, como canonista en 1785, completando una sólida formación humanística, filosófica, teológica y jurídica.

Uno de sus hermanos, Fernando, casó con Teresa Jove Ramírez, prima de Jovellanos, por lo que éste trata a Cañedo como «sobrino» en varias cartas sobre temas aprobados en las Cortes, especialmente la declaración de la soberanía nacional y la constitución en cámara única.

Recibió la ordenación sacerdotal en 1792 y empezó la carrera clerical en Badajoz, como canónigo doctoral, y posteriormente se trasladó a la Sede Primada de Toledo como vicario de coro. En 1815 presentado por Fernando VII a Pío VII, fue consagrado obispo en Madrid en la Iglesia de las Comendadoras de Santiago, para la diócesis de Málaga, que rigió durante diez años hasta ser trasladado en 1825 al Arzobispado de Burgos, donde falleció el 21 de septiembre de 1829. Murió en la pobreza. Sus restos reposan al pie del altar mayor de la catedral burgalesa. Ostentaba la Gran Cruz de la Orden de Carlos III.

Un alto en su carrera eclesiástica fue su designación como diputado.

En las primeras Cortes de la España contemporánea se enfrentaban dos opciones políticas: los liberales, escasos en número, y los partidarios del viejo sistema de régimen absolutista. Cañedo no fue un liberal declarado. Fue un eclesiástico, defensor de las ideas conservadoras, pero sin radicalismos. De hecho, acepta los principios liberales que se concretarán con la jura de la Constitución, aunque se reserve la facultad de exponer lo que crea oportuno en uso de la libertad de pensamiento.

Cañedo Vigil fue elegido tercer presidente de las Cortes por votación, con 72 votos, el día de Nochebuena de 1810 hasta el 23 de enero de 1811. EI reglamento de régimen interior de 1810 establecía que el cargo se renovase el 24 de cada mes. Desempeñó el cargo con imparcialidad, según las competencias atribuidas: abrir y cerrar la sesiones; mantener el orden; llamar a la cuestión al diputado que se extravíe; conceder y quitar la palabra; convocar sesiones extraordinarias; expulsar al diputado que llamado al orden no obedeciese; fijar el orden del día. No tenía voto de calidad. Firmaría los decretos aprobados por las Cortes. Las mismas competencias, que excepto, la duración del cargo, o la firma de decretos, rigen en la actualidad. Cargo de honor y de reconocimiento de la valía personal.

Por estas fechas, Cañedo ya estaba integrado en el la actividad parlamentaria. Fue miembro de dos comisiones parlamentarias de suma importancia: la encargada de redactar la Constitución coincidiendo -con Argüelles- y la de supresión de prebendas eclesiásticas.

De sus intervenciones, más de 44, aludimos a las más relevantes: sobre la Iglesia, defendió sus privilegios, admitiendo, sin embargo, que no se proveyesen, temporalmente, beneficios eclesiásticos, y su importe pasase, a la hacienda pública. Alonso Cañedo Vigil votó en contra de la supresión del Tribunal de la Inquisición.

En las reformas políticas, como miembro de la comisión, aceptó la totalidad del proyecto, aunque pusiese determinadas reservas, que no afectaron al resultado final. Sienta un principio constitucional: «Las leyes constitucionales deben ceñirse sólo a los principios» y lo demás debe dejarse a los reglamentos. No fue partidario de la Cámara única, defendiendo el sistema tradicional por estamentos (nobleza, clero, pueblo) conforme a las leyes fundamentales. Apoyó y urgió el cumplimiento del decreto de supresión de los señoríos jurisdiccionales. Intervino en varias ocasiones al discutir el importantísimo reglamento del Consejo de Regencia o del poder ejecutivo. Defendió la dispensa de nobleza de sangre para ingresar en el Ejército. Pidió severidad para los delitos de traición. Defendió que el heredero de la Corona ostentase el titulo de Príncipe de Asturias, ante la pretensión de nominarle Príncipe de las Españas, con una detallada disertación histórica.

Como presidente firmó varios decretos aprobados por las Cortes: el de la nulidad de la renuncia a la Corona hecha por Fernando VII; el que contiene el reglamento del Consejo de Regencia o del poder ejecutivo. El de prohibición de abusos y vejaciones a los indios. El de prohibición de violación de la correspondencia.

En las mismas Cortes ejercieron la presidencia otros tres diputados asturianos: Felipe Canga Argüelles y Andrés Ángel de la Vega Infanzón, en 1812, y Francisco del Calello Miranda, en 1813, todos catedráticos de la Universidad de Oviedo.

Doscientos años atrás los representantes del Principado de Asturias marcaban terreno en el concierto nacional.