LA NUEVA ESPAÑA ha ganado de nuevo un pleito al presidente del Principado, Francisco Álvarez-Cascos. Un auto judicial echa por tierra la pretensión de Cascos de que este periódico volviese a publicar la versión de Foro Asturias, el partido del jefe del Ejecutivo regional, sobre la supresión de la dedicación exclusiva de los médicos. El titular del Juzgado de primera instancia número 2 de Oviedo subraya que su versión ya fue reflejada por LA NUEVA ESPAÑA de forma «íntegra y limpia», y con un añadido que resulta «completamente enriquecedor para la opinión pública».

El auto está fechado el pasado día 2. Alude a una información publicada por este periódico el 4 de septiembre de 2011 en la que se indicaba que el Gobierno asturiano proyectaba una reforma legal que permitiese a los médicos de la sanidad pública asturiana ejercer también en el ámbito privado. De este modo, el Principado dejaría de ser la única comunidad autónoma de todo el país que impide compatibilizar ambos ejercicios.

LA NUEVA ESPAÑA había obtenido dicha información en una conversación mantenida con dos cualificados miembros del sector sanitario de Foro que, además, tenían un perfecto conocimiento de lo que se cocinaba en los despachos del Gobierno regional. Sin embargo, el partido casquista desmintió la información, que calificó como un intento de «desacreditarlo», y ejercitó el derecho de rectificación enviando al periódico un escrito con su versión de los hechos.

LA NUEVA ESPAÑA publicó el escrito el pasado 2 de diciembre. En la misma página, este diario incluyó una pieza informativa en la que, de forma aséptica, se explicaba que «el objeto del derecho de rectificación no es corregir una información inexacta» y que divulgar una rectificación «no implica aceptación de su veracidad, ni retracción de lo publicado». Según argumentó el propio juez, «pese al equívoco semántico que podría generar la denominación de este derecho "de rectificación", no se trata de una corrección o enmienda de una información inveraz, sino de que el aludido pueda exponer su versión de los hechos -al considerarlos él como inexactos y perjudiciales- como contrapeso en su beneficio al derecho a la información ejercitado por el medio de comunicación».

Pero Álvarez-Cascos no se conformó con el modo en que este periódico publicó el escrito de Foro. Por eso acudió de nuevo al juez quejándose de la extensión de la noticia y de que la pieza explicativa adicional era un comentario o una apostilla que vulneraba la regulación del derecho de rectificación.

En su auto, el magistrado contradice a Francisco Álvarez-Cascos y concluye que «el cumplimiento de los aspectos formales de la rectificación previstos en la sentencia se muestra evidente, sin que quepa acoger los motivos de impugnación expuestos por la parte ejecutante, ya que materialmente no concurren».

En relación a la pieza adicional, el juez establece que «no constituye comentario ni apostilla, ni menoscaba el resarcimiento del rectificante», y precisa que «se manifiesta incluso como adecuado en este caso concreto». El magistrado subraya que «el derecho de rectificación no otorga a su beneficiario ninguna facultad de fiscalización o supervisión del resto de contenidos publicitados por el medio de comunicación». Y cita jurisprudencia al argumentar que el rectificante «no puede pretender apropiarse de un determinado espacio del medio de comunicación, para presentar su rectificación en la forma que periodísticamente considere mejor».

El juez determina que el partido de Cascos pague las costas.