Una sentencia del Tribunal Supremo que defiende la custodia compartida entre los padres como la mejor solución para el menor en caso de divorcio ha vuelto a provocar diferentes reacciones entre profesionales y asociaciones de mujeres, pronunciamientos que, en todo caso, hablan de la necesidad de que los padres cumplan una serie de requisitos.

La opinión favorable del menor o de los informes psicosociales y las aptitudes de los progenitores son algunas de las exigencias que la ley y las jurisprudencias del Tribunal Constitucional y del Supremo imponen a cada juez para decidir la custodia compartida.

Orlando Concheso, abogado de familia con despacho en Oviedo, sostiene que los regímenes de guarda y custodia compartida pueden «funcionar muy bien o muy mal», por tanto, defiende la necesidad de que existan unos requisitos que los regulen. A su juicio, entre otras cosas, debe tenerse en cuenta la edad de los menores, «porque no es lo mismo la custodia compartida de un bebé que de un chico de 15 años». Concheso asegura que es difícil generalizar, porque todas las familias son distintas, y sugiere que para que funcione es necesario un entendimiento entre los padres y cierta flexibilidad. «Lo principal es que haya voluntad de que las cosas funcionen en beneficio del niño».

La sentencia del Supremo, de la que ha sido ponente José Antonio Seijas Quintana, ex presidente de la Audiencia Provincial de Asturias y en la actualidad magistrado de la sala primera del Supremo, destaca, entre estas premisas, la práctica anterior de los progenitores en sus relaciones con el menor y sus aptitudes personales, y que el niño exprese su deseo. También «se tendrá en cuenta el número de hijos; el cumplimiento por parte de los padres de sus deberes en relación con los hijos y el respeto mutuo en sus relaciones personales, así como el resultado de los informes exigidos legalmente».

La sentencia -que corregía una de la Audiencia Provincial de Alicante que consideró que la custodia compartida sólo se establecerá «excepcionalmente»- deniega precisamente en este caso la custodia al progenitor por no cumplirse los citados criterios.

Hasta ahora la custodia compartida entre los padres era algo excepcional, pero, según el Tribunal Supremo, debe dejar de serlo, para que ambos progenitores se repartan por igual el cuidado de sus descendientes. Con esta medida, que sienta jurisprudencia, los jueces alegan que se trata de favorecer y salvaguardar los derechos de los hijos.

Varias asociaciones de mujeres criticaron la resolución, porque olvida el bien de los hijos. La presidenta de la Federación de Mujeres Progresistas, Yolanda Besteiro, lamentó la posición del Supremo, por considerar que la custodia compartida sólo es «la solución ideal» cuando hay acuerdo y buena relación entre los progenitores separados o divorciados, lo que no es «usual».

La Asociación de Mujeres Juristas Themis asegura que la sentencia no supone «nada nuevo» sobre lo que se viene diciendo desde hace años sobre la custodia.

«Se tendrá en cuenta en los padres el cumplimiento de sus deberes con los hijos»

<José A. Seijas Quintana >

Magistrado del Supremo

«La custodia compartida puede funcionar muy bien o muy mal»

<Orlando Concheso >

Abogado de familia