El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) amparó ayer el "derecho al olvido" en internet dando por buena la demanda presentada por un ciudadano español, Mario Costeja, contra el buscador Google. La noticia es toda una revolución y la antesala de un aluvión de reclamaciones. La sentencia establece que Google no sólo es un motor de búsqueda que expone la información, sino que la trata, y le exige eliminar ciertas informaciones publicadas en el pasado y que hayan perdido actualidad y trascendencia si las personas afectadas así lo piden.

"Si el Tribunal Europeo de Justicia señala a Google como una empresa de tratamiento de datos, entonces Google tiene que atenerse a la ley Orgánica de Protección de Datos", señalaba ayer a la luz de la sentencia el abogado asturiano Ramón Robles, experto en derecho informático.

Pero la sentencia pone condiciones. La primera, que los tribunales deben estudiar si en una determinada información prevalece el interés público sobre el privado, y si existe interés preponderante del público en tener acceso a esa información.

Depende, por tanto, de la naturaleza de los datos mismos que el reclamante quiera borrar de la red, pero también de la condición de ese reclamante.

"Un político, por ejemplo, tendría difícil hacer valer su derecho para obligar a borrar datos sobre su persona, incluso si éstos no tuvieran ningún valor", opina Robles.

La historia viene de atrás. A Mario Costeja le subastaron un piso en 1998 como consecuencia de un embargo por deudas a la Seguridad Social. El anuncio oficial de la subasta fue publicado por el diario barcelonés "La Vanguardia" y esa información oficial acabó digitalizada y recogida en Google. A finales de 2009 Costeja inició su largo recorrido de reclamación para evitar que, al introducir su nombre y apellidos en Google, apareciera un enlace a las páginas del periódico que incluían los anuncios de la citada subasta, entendiendo que dicho enlace podía perjudicar su imagen.

Costeja le pidió al buscador que retirara dicha información como garantía de intimidad y privacidad, y teniendo en cuenta que se trataba de datos ya banales e intrascendentes. Google se negó y el ciudadano afectado recurrió a la Agencia de Protección de Datos, que es el organismo que planteó el litigio con Google.

"Google era ya una gran herramienta, y ahora va a ser perfecta", aseguró, feliz, Mario Costeja ayer, tras conocer la sentencia del alto tribunal europeo. "Lo que he defendido es la supresión de datos irrelevantes o que puedan ofender a las personas, o menoscabar su dignidad", dijo.

A partir de ahora, explica Ramón Robles, cualquier persona interesada puede dirigirse a Google solicitando el borrado de datos (desindexación, en términos técnicos) sobre su persona. Si Google se niega, el siguiente paso será pedirlo a la Agencia de Protección de Datos, que actuará frente al buscador. Google puede presentar recurso ante dicha Agencia y recurrir, si lo considera oportuno, a la Audiencia Nacional.

La empresa Google calificó esta sentencia de "decepcionante". Desde la Agencia Española de Protección de Datos, su director, José Luis Rodríguez Álvarez, manifestó ayer su confianza en que esta sentencia "marque un punto de inflexión" en la conducta de Google, para que "a partir de ahora cumpla con la normativa europea de protección de datos y respete los derechos de los ciudadanos".

La sentencia se basa en una directiva europea relativa a la protección de datos, que data del año 1995. La decisión afecta a más de 220 recursos interpuestos por Google contra distintas resoluciones de la Agencia Española de Protección de Datos, que actualmente se encuentran pendientes de resolución ante la Audiencia Nacional, y que todavía tiene que solucionar el recurso bajo las recomendaciones vinculantes del Tribunal Europeo de Justicia.

Previsiblemente una mayoría de reclamaciones acabará siendo falladas a favor de los ciudadanos y en contra del buscador informático. En el caso de que Google hiciera oídos sordos de las reclamaciones de retirada de enlaces, siempre y cuando estén avaladas jurídicamente, la empresa incurriría en multas de hasta 600.000 euros.

La sentencia hace prever una "avalancha" de reclamaciones de ciudadanos para que Google retire de la red enlaces a informaciones que los perjudican, según ha explicado el abogado Víctor Salgado, que llevó el caso de Mario Costeja.

Las asociaciones de internautas no tienen opinión unánime al respecto. Según el presidente de la Asociación de Usuarios de Internet (AUI), Miguel Pérez Subías, la resolución es "un hito" en el sentido de que "abre la puerta" desde el punto de vista de la jurisprudencia al acatamiento por parte de Google de una legislación de ámbito europeo frente a la estadounidense por la que se regía únicamente hasta ahora. "Estamos satisfechos", resumió.

Sin embargo para el presidente de la Asociación de Internautas (AI), Víctor Domingo, "lamentablemente" la sentencia otorga mayor poder aún a Google, al otorgarle una responsabilidad "que no se merece" como es decidir qué enlaces a informaciones perjudican o no a los ciudadanos. A su entender, la resolución añade aún "más inseguridad jurídica" a la que ya existe en este ámbito al convertir a Google en "juez" y permitirle elegir qué enlaces quita o pone.