Presidenta de la asociación Abogadas por la Igualdad

Oviedo, Pilar RUBIERA

María Martín González preside Abogadas para la Igualdad de Asturias, una asociación que nació en 2008 con el objeto de contribuir a crear una sociedad más justa e igualitaria entre hombres y mujeres, centrando su campo de actuación en el ámbito jurídico. Vitalista, apasionada de las leyes y de la lucha por la igualdad, la letrada María Martín, con despacho en Oviedo y en Mieres, es uno de los símbolos de la continuidad de la lucha feminista. Se considera, en cierto modo, deudora de «todas nuestras antepasadas que hicieron posible que las mujeres podamos hoy votar, estudiar y trabajar. Lucho para que mi hija y mi hijo vivan en una sociedad más justa».

-Haga un balance de la aplicación de la ley contra la Violencia de Género, aprobada en 2004.

-El número de mujeres asesinadas por hombres ha sido uno de los elementos más utilizados para cuestionar su eficacia. Sin embargo, atribuir los asesinatos a la legislación antiviolencia, cuando está plagada de medidas de protección jurídica y social, no parece un argumento razonable, sino más bien, en la mayoría de los casos, ideológicamente sesgado.

-¿Cuál diría que es la primera virtud de la ley?

-Que reconoce que la violencia hacia la mujer no es un problema de su intimidad, sino una agresión contra todas y todos los ciudadanos. La violencia hacia la mujer es un delito individual que lesiona bienes jurídicos individuales, como el derecho a la vida, a la integridad física y a la libertad, pero también es una conducta que transgrede el orden democrático colectivo. La ley reconoce que estamos ante un problema de raíces sociales y magnitud colectiva. Conceptualmente, el legislador ha sido coherente con la naturaleza de la amenaza social, y el marco jurídico español puede considerarse avanzado y valiente en ese sentido.

-¿Y qué defectos destacaría?

-La ley está funcionando, pero aún puede mejorar. Falta formación en violencia de género. Los poderes públicos deben hacer todo lo posible por trasladar a la ciudadanía el verdadero significado de la violencia y el rostro real de los agresores, que no se corresponde con la cara amable que éstos a menudo ofrecen en su entorno social. Sería importante plantearse que la violencia hacia la mujer, ejercida sistemáticamente por un agresor, cumple todos los requisitos para ser calificada como tortura. Al igual que la tortura tradicional, crea debilidad en las víctimas a través de las agresiones constantes, la privación sensorial y en algún caso alimenticia, y el aislamiento; convierte a la víctima aislada y sometida por la violencia en un ser dependiente del agresor y, al igual que la tortura, induce un estado permanente de terror en las mujeres que la padecen.

-Victoria Carbajal, compañera suya en la asociación, declaraba hace unos días en estas mismas páginas que la Audiencia Provincial está absolviendo delitos claros de violencia machista. ¿Cómo es posible?

-La ley integral nos permite calificar como delitos comportamientos que, hasta ese momento, sólo constituían falta. El artículo 153 del Código Penal se convertía en ese momento en la base de la lucha contra la violencia de género, ya que nos permitía calificar como delito y obtener condenas por comportamientos que antes no se encontraban tipificados como tales, como los malos tratos de obra sin causar lesión. Subrayo y enfatizo que el Código Penal dice que se considera delito en estos casos «golpear sin causar lesión». Teniendo en cuenta, además, el espíritu de la reforma y del legislador al realizarla, que era no dejar impune ningún comportamiento violento hacia las mujeres y que el hecho de propinar un bofetón o un tirón de pelos sea constitutivo de delito, de forma que el comportamiento se frene en ese estadío y no avance en el ciclo de la violencia.

-Cite algún ejemplo de sentencias que incumplen esos preceptos.

-Tenemos sentencias de nuestra Audiencia Provincial que en el relato de hechos probados manifiestan que: « (?) se presenta en el domicilio de su ex pareja, con quien había tenido una relación sentimental terminada unos meses antes... accede al interior de la vivienda (...) una vez en el interior el acusado cogió del pelo a (...) y le pegó una patada sin que conste que la misma resultara con daño personal alguno...». Y pese a ello el fallo es absolutorio. El fundamento de estas sentencias explica esta decisión porque dice: «Experimentar lesión y recibir asistencia médica es un requisito que debe concurrir para apreciar esta figura delictiva». De tal forma que, según estas sentencias, la reforma operada por la ley contra la Violencia de Género no ha servido absolutamente para nada. Lo mismo hubiera dado continuar calificando como falta estas conductas ya que el elevarlas a la categoría de delito no entra dentro de los planes interpretativos de nuestra Audiencia. Entiendo que este fallo y, peor aún, lo que puede convertirse en criterio jurisprudencial, al menos en Asturias, contradice la literalidad del artículo 153, el espíritu de la reforma, las indicaciones y recomendaciones de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación sobre la mujer de 1979, la Declaración de Naciones Unidas sobre la eliminación de la violencia sobre la mujer, proclamada en diciembre de 1993 por la Asamblea General y todos los avances conseguidos hasta el momento por las mujeres.

-En los últimos años ha aumentado el número de menores muertos víctimas de violencia machista. En muchos caso se les utiliza como instrumento para hacer daño a la mujer. ¿Están suficientemente protegidos?

-La respuesta es no. Otra barbaridad que se está produciendo es mantener los regímenes de visitas de los agresores a sus hijos menores bajo la custodia de la madre, compatibilizando las visitas paternas con una orden de alejamiento. Incluso aunque estas visitas se lleven a cabo en un punto de encuentro, en todos los supuestos de violencia de género en donde un hombre ejerce la violencia hacia una mujer en presencia de los niños, éstos son víctimas directas de la violencia, aunque no hayan recibido un golpe o un insulto: lo que cabe, desde la racionalidad pero también desde la legalidad, es que para cada caso de violencia de género donde existan menores involucrados, las fiscalías insten a una doble imputación del reo, del agresor, por violencia hacia la mujer y hacia los niños.

-El PSOE ha pedido un registro de los hijos de las mujeres que han muerto víctimas de la violencia machista para conocer sus necesidades y apoyarles en su trayectoria vital. ¿Qué opina?

-Me parece lo mínimo. Marcela Lagar suele decir que, cada vez que una mujer muere víctima de la violencia de género, el sistema ha fallado. Es un problema social y, por tanto, una responsabilidad estatal. Lo mínimo es garantizar una vida digna a los hijos y a las hijas de las mujeres asesinadas.

-Más de 80.000 mujeres desde el año 2007 han renunciado a continuar con las denuncias. ¿Por qué?

-Es muy difícil salir de una situación de violencia de género. La agresión, en la mayoría de los casos, no se produce de repente. Cuando el hombre agrede ya lleva mucho tiempo aislando, subordinando y mermando cualquier tipo de autoestima en la mujer, ya la tiene en una situación de dependencia, y es muy difícil romper eso. Las víctimas no sólo tienen recuerdos malos de sus agresores, también los tienen buenos. El agresor es el hombre con el que decidieron compartir su vida, el padre de sus hijos, romper todo eso con la dependencia emocional que tienen y la situación de vulnerabilidad es muy difícil. En un momento, pueden tener la valentía de romper y, después de todo un largo proceso, deciden retirar la denuncia. ¿Por qué?, porque se creen lo que les dicen de que van a cambiar, porque tienen miedo, por múltiples razones. Por eso es tan importante entender la violencia de género. Lo que hay que transmitir a las víctimas es que no pasa nada y que cuando quieran iniciar de nuevo el proceso estaremos ahí, con las mismas ganas de ayudar. Forma parte del proceso de la violencia de género.

-¿Hay que trabajar con los agresores?

-El Estado tiene la responsabilidad de hacerlo. El hombre que maltrata, una vez que lo hace, hay que castigarle, pero, cuando cumple su pena y se integra de nuevo en la sociedad, la responsabilidad del Estado es convertirlo en un ciudadano capaz de vivir sin agredir más. Tiene que trabajarse con diferentes terapias, aunque la experiencia nos demuestra que es algo muy difícil.

-¿En qué perjudican las nuevas tasas judiciales a las víctimas de la violencia machista?

-A partir de ahora, salvo que las afectadas se beneficien de la justicia gratuita, deberán disponer de unas cantidades económicas que son importantes para interponer una demanda o solicitar el divorcio de su pareja. La justicia será más accesible para las personas con dinero. Pero tengo la esperanza de que esta ley, finalmente, no se aplique.