No habrá piedad con las especies invasoras en los ríos asturianos. Una reforma de la norma que rige la pesca fluvial obligará a los pescadores a sacrificar a los peces no autóctonos que caigan en sus redes o muerdan sus anzuelos. La modificación, inducida por una sentencia del Tribunal Supremo que altera el catálogo de especies exóticas, hace que esta obligación condene expresamente a los ejemplares de seis variedades con prohibición tajante de ser devueltos al agua: la trucha arco iris, la carpa, los cangrejos rojo y señal, la perca atruchada y el salvelino, también trucha alpina o ártica.

La nueva redacción de la legislación autonómica de pesca precisa que son todas ellas variedades "exóticas con presencia constada en Asturias" y considera la obligación de su sacrificio un "método de control" de su expansión. El Principado hace caso así a la actualización del catálogo de especies animales invasoras acometida a instancias de una resolución del alto tribunal a demanda de varios grupos ecologistas. La sentencia decreta la inclusión de algunas de estas especies en la lista de las exóticas y perseguibles, aquellas cuya proliferación ha de ser contenida. Entre las que conciernen a las aguas de los ríos asturianos figura la trucha arco iris, común en los cauces de Norteamérica y en las piscifactorías de todo el mundo, extendida artificialmente por la mano del ser humano en casi todo el planeta y catalogada por la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza como una de las cien especies invasoras más dañinas conocidas, igual que la carpa, endémica de Asia.

El peligro para la fauna autóctona expresamente recogido en la normativa abarca además a otras tres variedades nativas americanas -el cangrejo rojo viene del Golfo de México; el señal y la perca atruchada, de Norteamérica- y el salvelino, originario de lagos alpinos y aguas árticas y subárticas, es el pez de agua dulce encontrado más al Norte.