Un juzgado de Badajoz ha eximido a una sala de conciertos de pagar a la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) por organizar y acoger sendas actuaciones de "Asfalto" y Pablo Carbonell, toda vez que los administradores de la sala llegaron a acuerdos económicos directamente con los artistas y sin mediación del gestor de derechos. La SGAE demandó a la sala por su negativa a abonarle el 10% de la taquilla recaudada, pero el juez Pedro Macías, del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Badajoz, ha desestimado la demanda al entender que los artistas "velaron personalmente por sus derechos".

"La propiedad intelectual está integrada por derechos de carácter personal y patrimonial, que atribuyen al autor la plena disposición y el derecho exclusivo a la explotación de la obra, sin más limitaciones que las establecidas en la ley", asegura el juez en una sentencia que a ojos de la defensa, el bufete OpenLaw, "abre una puerta que hasta ahora se les negaba a los propios autores adscritos a la SGAE y que consiste en poder decidir el abono o no de sus propios derechos de autor".

"Si esto es mío y yo no cobro nada o ya he cobrado por ello, tú no eres nadie para reclamarlo en mi nombre, a no ser que yo te lo pida expresamente", añade el abogado de OpenLaw que defendió los derechos de la sala, Andrés Marín, añade a este respecto, en un comunicado publicado en la web del bufete. Contra la sentencia no cabe recurso.