No existe riesgo de "reiteración delictiva" ni posibilidad de fuga de los cinco miembros de "la Manada", condenados a nueve años de cárcel por abuso sexual en los Sanfermines 2016. Esto es lo que considera el auto judicial que permitió ayer la puesta en libertad bajo fianza de 6.000 euros de los condenados.

Los jueces ven "impensable" que los cinco sevillanos vuelvan a reincidir en los hechos delictivos por los que fueron condenados el pasado mes de abril debido a la presión social a la que están sometidos. La pérdida del anonimato de los cinco miembros de "la Manada" por un caso tan mediático es, en opinión del tribunal, un motivo para pensar que no volverán a cometer un delito similar, pero no creen que la "alarma social" generada sea "un criterio válido" para solicitar la prisión provisional. "La repercusión que ha tenido este caso y la presión que ha alimentado un rechazo social contra los cinco acusados permite cuestionar ese hipotético riesgo de reiteración delictiva", explica el auto.

La distancia entre la víctima, que vive en la Comunidad de Madrid, y los cinco acusados, naturales de Sevilla, es otros de los pilares que sustentan su puesta en libertad. Más de 500 kilómetros separan a víctima y acusados y esto puede "garantizar su tranquilidad y su sosiego", explica el documento.

Otros de los puntos valorados en el auto es ausencia de riesgo de fuga por el "arraigo familiar" y la falta de recursos económicos de los acusados. El tribunal considera que durante todo el procedimiento se valoró los lazos familiares de los cinco sevillanos: "no cabe ahora, por razón de que haya recaído sentencia condenatoria, negárselo". El nivel adquisitivo de los condenados también influye para rebajar su riesgo de fuga. Así lo explica el tribunal: "Consta las insolvencia de todos los condenados, excepción hecha de Alfonso Jesús Cabezuelo Entrena (declarado parcialmente insolvente y a quien le ha sido embargada una vivienda), careciendo todos ellos de medios económicos para procurarse una fuga eficaz en algún lugar en el que no pudieren ser hallados".

Con respecto a la destrucción u ocultación de pruebas, otros de los aspectos a tener en cuenta a la hora de decidir la libertad provisional, los jueces no creen que se puedan ocultar pruebas de otros delitos mientras estén en libertad. Una decisión un tanto controvertida cuando cuatro de ellos tienen una causa pendiente por un presunto abuso sexual en Pozoblanco.

A todos los efectos, "la Manada" no tienen antecedentes por haber cometido otros abusos sexuales, por eso cree el tribunal que merecen esperar en libertad a que tengan una sentencia firme del Tribunal Supremo de Navarra. Una resolución que no se espera hasta el mes de septiembre u octubre. Consideran que prorrogar la prisión hubiera sido una decisión meramente punitiva o de anticipación a la pena.

Discrepancias

Firman el auto los magistrados Ricardo González, Raquel Fernandino y José Francisco Cobo Sáenz, presidente de la sección segunda de la Audiencia de Navarra, y el único de los tres que defendió la prórroga de la prisión provisional para los cinco miembros de "la Manada". "Es indiscutible la gravedad del delito", explicó. Cobo considera que el análisis de todos los factores para determinar su libertad provisional, "no permite conjurar eficazmente que los procesados se sustraigan a la acción de la justicia y las medidas propuestas".

En cuanto a la protección de la víctima, cree que las "medidas establecidas con esta finalidad pueden resultar ineficaces para la consecución del designio propuesto".

La prórroga de prisión debió "acordarse con el carácter incondicional que se ha mantenido hasta la fecha".