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Las últimas medidas contra la violencia machista irritan a jueces y abogados

El real decreto que permite a los servicios sociales determinar cuándo hay un caso de agresión "acaba con la tutela judicial", dicen los juristas

Las últimas medidas contra la violencia machista irritan a jueces y abogados

Los cambios legislativos introducidos por el Gobierno de Pedro Sánchez para desarrollar el Pacto de Estado Contra la Violencia Machista están provocando el rechazo de juristas y abogados, que consideran que pueden ser medidas inconstitucionales.

El pasado día 3, y por real decreto, el Ejecutivo aprobó una serie de "medidas urgentes" que cambian las condiciones de la patria potestad y, en concreto, incluyen una modificación del Código Civil para que, en caso de que uno de los progenitores esté procesado o haya sido condenado por violencia contra los hijos o contra el otro progenitor, baste el consentimiento del progenitor agredido para que los hijos sean puestos bajo atención y asistencia psicológica.

La otra medida controvertida incluida en este real decreto, aprobado el pasado día 3, es que bastará un informe de los Servicios Sociales de la Administración para acreditar una situación de violencia de género. Ese informe administrativo reconocerá a la persona agredida el estatus de "víctima" y, por tanto, le permitirá acceder de forma inmediata a los derechos laborales y prestaciones correspondientes de la Seguridad Social.

Las críticas de los expertos hacia esta medida se centran en dos aspectos. En primer lugar, cuestionan que realmente exista la urgencia aludida para modificar el Código Civil por real decreto y sin intervención del Parlamento. Aseguran que una decisión así "no ha ocurrido nunca desde la Constitución de 1978". En segundo lugar, y con respecto a que baste el informe de los Servicios Sociales para acreditar una situación de maltrato, subrayan que se está equiparando una sentencia judicial con un informe administrativo. Esto, dicen, atenta contra principios básicos como la presunción de inocencia del supuesto agresor aludido en ese informe administrativo, que ya ha sido "condenado", aseguran, sin que se haya producido un juicio.

Además, la fecha de publicación, en plenas vacaciones de verano, levanta sospechas en el mundo judicial y ponen en tela de juicio la constitucionalidad de este uso de un real decreto-ley.

El juez asturiano Ángel Luis Campo, destinado en la Sección 24 de la Audiencia Provincial de Madrid, especializada en derecho de familia, considera que este real decreto "es una cosa muy grave. No se dan las situaciones de urgencia y necesidad a las que alude". Además, Campo indica que, con la validez que se otorga al informe administrativo sobre un caso de violencia de género, "el principio del control judicial se está tambaleando. No puede ser que los Servicios Sociales puedan tomar estas decisiones. Principios legales como la presunción de inocencia o el principio de 'in dubio pro reo' se van al garete con este real decreto". Campo subraya que con este tipo de cambios no se potencia la igualdad entre hombres y mujeres. "Se inclina la balanza a favor de la mujer sobre el hombre", remata.

Enrique Valdés Joglar, exdecano del Colegio de Abogados de Oviedo, rechaza la fórmula del real decreto para modificar el Código Civil. "Tengo mis dudas de que sea constitucional", apunta este experto en Derecho Civil. Crespo califica de "aberración" que "los servicios administrativos puedan colgarle el cartel de maltratador a alguien sin un procedimiento judicial, sin garantías, sin posibilidad de recursos y sin asistencia letrada".

Luis Pérez Fernández, abogado especialista en derecho de familia y vicepresidente de la Asociación Española de Derecho Matrimonial, cree que esta modificación del Código Civil vía decreto-ley "es un claro ejemplo de política legislativa. El aforismo de Maquiavelo 'el fin justifica los medios' viene que ni pintado al caso". Sobre la validez del informe administrativo para reconocer el estatus de víctima, afirma: "Ni qué decir tiene que el reconocimiento por parte de cualquier Administración pública que no sea la autoridad judicial correspondiente atenta como mínimo contra el principio general del derecho, reconocido en el artículo 24 de la Constitución, que no es otro que el derecho a la tutela judicial efectiva del investigado, al dar por sentadas apriorísticamente situaciones fácticas sin la preceptiva intervención del juez, violando dicho derecho fundamental". Este letrado asegura que esta norma "adolece de rigor procedimental y desde luego de inconstitucionalidad".

El feminismo, en cambio, aplaude las modificaciones para desarrollar el Pacto de Estado Contra la Violencia Machista. Gran parte de las protestas de los últimos meses estaban dirigidas a a propiciar que las medidas del pacto de Estado se pusieran en marcha "cuando antes" para proteger a las mujeres. Jessica Castaño, presidenta de la Asociación de Mujeres Separadas y Divorciadas de Asturias, cree que hay decisiones urgentes que no se pueden dejar "en manos de jueces y juezas". En cuanto a las críticas por parte de los juristas, cree que se atreven a hacerlas porque "no son sus hijos ni sus hijas los que pasan por el calvario del maltrato". Castaño apunta a que en el 80 por ciento de los casos "en los que un progenitor maltrata también se niega a que el menor vaya a un psicólogo". Por eso, ve bien la medida que agiliza estas situaciones y cree que nunca se debería dar "prioridad a ningún progenitor sobre sus hijos o hijas. Los menores son los que deben importarnos".

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