La gijonesa Blanca Cañedo, directora de las clínicas Belladona (acreditadas para practicar abortos) e histórica feminista asturiana ha sido condenada por "intromisión ilegítima en el honor" de la Asociación Española de Abogados Cristianos. La jueza le ha impuesto un euro de indemnización por el "daño moral" causado a la organización demandante, contraria a la legalización del aborto.

Blanca Cañedo anunció ayer mismo que recurrirá la sentencia y considera que la indemnización impuesta por la jueza da idea del escaso alcance del fallo. "No se gana si se pierde un juicio hasta que la sentencia es firme", añadió. Polonia Castellanos, la presidenta de Abogados Cristianos, se da por "contenta", a pesar de que la asociación pedía una indemnización de seis mil euros, y espera que el dictamen judicial sea ejemplarizante y sirva para que "se deje de difamar de forma gratuita a los católicos".

Abogados Cristianos demandó a Cañedo por unas declaraciones publicadas en un diario digital en el que, entre otras cosas, la feminista afirmaba: "Hay que luchar contra los Abogados Cristianos que reciben una muy buena subvención por cada caso que abren, subvención que se le ha retirado a la Federación de Planificación Familiar Estatal por culpa de ellos, porque dedican a poco menos que a rebuscar en las basuras para encontrar cualquier mínimo pretexto que les permita abrir un caso".

Confrontación

La jueza de primera instancia del juzgado número 14 de Valladolid, donde ha sido visto el caso, indica que no se ha acreditado que la asociación Abogados Cristianos reciba subvención alguna y, por tanto, "la falta de veracidad de lo afirmado" por Blanca Cañedo en su día "constituye una intromisión ilegítima en el derecho al honor" de Abogados Cristianos "en cuanto que acarrea objetivamente una difamación".

La jueza añade que "se compartan o no esos fines intereses y/o valores", en alusión a la confesión religiosa de Abogados Cristianos, "en un estado democrático de derecho los mecanismos de 'confrontación' no pueden pasar en ningún caso por la intromisión en el honor de quieres piensan y actúan de forma diferente".

La sentencia tiene en cuenta el contexto en el que se producen las declaraciones de Blanca Cañedo, con un enfrentamiento abierto entre ambas partes, con reiteradas denuncias de Abogados Cristianos a la asociación de clínicas acreditadas para practicar abortos que preside blanca Cañedo y con una evidente confrontación ideológica que se remonta a años atrás.

La jueza considera que al no estar acreditado que Abogados Cristianos cobre subvenciones tampoco es lógico vincular esa suposición a la retirada de las que percibe la Federación de Planificación Familiar Estatal, como apuntaba Cañedo en sus declaraciones. También descarta que pueda caber confusión entre subvenciones públicas y privadas, como sostiene la defensa de la feminista asturiana. Por otro lado, considera que Abogados Cristianos contemple en sus estatutos la posibilidad de percibir subvenciones, como alega Cañedo, no significa que las perciba efectivamente. Las referencias a "las mentes oscuras y el peligro de los intransigentes" son opiniones que Cañedo sostiene en una información no veraz, según la sentencia, y por esa razón se estima que no pueden estar protegidas por el derecho a la libertad de expresión. Además, la jueza deja constancia de que esas manifestaciones eran "innecesarias".

El fallo del tribunal exige la publicación de la sentencia en el mismo diario digital donde se publicó la entrevista.