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Una madre asturiana llega hasta el Tribunal Superior de Justica de Asturias reclamando, sin éxito, que su hijo pase de curso

Los magistrados condenan en costas a la familia porque ven lógico que repita dada «su escasa preparación y nulo esfuerzo»

Un estudiante, en un centro educativo. Archivo

Hay un alumno asturiano de Secundaria que acumula más suspensos que nadie. Los que le otorgaron sus profesores del centro escolar donde cursó segundo de Secundaria y los que ahora le han añadido los jueces del Tribunal Superior de Justicia de Asturias.

Los magistrados de la sala de lo Contencioso Administrativo han fallado, ratificando los suspensos de su centro, contra las pretensiones de la madre del escolar. La mujer reclamó ante la Consejería de Educación la decisión adoptada por los profesores de su hijo que determinaron que no estaba en condiciones de promocionar a 3º de la ESO. En su reclamación la madre alegó que como dicen las normas educativas, "la repetición es una medida de carácter excepcional que exige agotar primero todas las medidas ordinarias de refuerzo o apoyo para solventar las dificultades del aprendizaje del alumno que en el presente caso", y en el caso de su hijo "no constaba que se hubieran desarrollado".

Sin embargo, los jueces tuvieron en cuenta que la Junta de Evaluación del centro donde estudiaba el joven, tras la reclamación de la familia, reflejaron que "... los resultados de las pruebas de la evaluación extraordinaria de septiembre (un 1 en inglés, u 1 en geografía e historia y un 2 en lengua castellana y literatura) son una muestra de la ausencia de trabajo y falta del nivel académico requerido para poder promocionar a 3 de la ESO". La Junta de Evaluación añadía también que se trataba "de un alumno que ya había sido considerado para repetir curso en 6ª de Educación Primaria y promocionó a 1ª de ESO con grandes dudas por parte de la junta de evaluación, y a segundo de ESO también promocionó debido a las circunstancias excepcionales relacionadas con la pandemia del coronavirus". Por eso, el informe final refleja la "unanimidad" en desaconsejar la promoción de curso.

Los jueces también tuvieron en cuenta que el informe pedagógico del alumno refleja "su escasa preparación en matemáticas, comunicación lingüística, comprensión oral, competencia digital, social y cívica". Y se apoyan además en los informes de los profesores de cuatro áreas de conocimiento (Geografía e Historia, Matemáticas, Lengua castellana y Literatura y Lengua Extranjera) que detallan las veces que el alumno tuvo la posibilidad de recuperar en cada trimestre, con refuerzos que "no han funcionado por falta de trabajo e interés por parte del alumno." 

"A la vista de lo expuesto no puede compartirse, en forma alguna, que la decisión adoptada no venga acompañada de la suficiente motivación pues aparece claramente reflejado en el expediente administrativo las razones que justifican que el alumno en cuestión no promocione de curso", dicen los jueces. Y "menos aún", añaden, "cabe invocar la incorrecta aplicación de la normativa en materia de promoción o titulación" amparándose en la consideración general de que "la repetición se considerará una medida de carácter excepcional y se tomará tras haber agotado las medidas ordinarias de refuerzo y apoyo para solventar las dificultades de aprendizaje del alumno o la alumna" porque "contrariamente a lo señalado por el demandante (la madre), no concurren en el caso los motivos excepcionales que permiten la promoción con evaluación negativa ya que el informe de la Junta de Evaluación demuestra que la situación del alumno se arrastra desde hace tiempo, impidiendo que seguir promocionándole pese a su escasa preparación y nulo esfuerzo permita favorecer su evolución académica".

A la madre demandante los jueces le imponen las costas del proceso con la limitación fijada en 500 euros.

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