Cinco años menos de condena para un octogenario: la mayor reducción de pena en Asturias por la ley del "solo sí es sí"

Tanto la Fiscalía como la acusación particular pidieron al tribunal que mantuviese la pena, no así el letrado de la defensa

Luis Ángel Vega

Luis Ángel Vega

La sección tercera de la Audiencia Provincial ha acordado este lunes la que puede ser la mayor reducción de condena por la entrada en vigor de la ley del “solo sí es sí”. El beneficiario es el violador de una niña de 12 años en Las Caldas (Oviedo) en los años 2001 y 2002, condenado en 2005 a penas que sumaban 18 años y 7 meses de cárcel. El hostelero E. Z. D., que tenía 63 años cuando ocurrieron los hechos (ahora tiene 83), fue hallado culpable de dos delitos de violación consumada, un tercero en grado de tentativa y un cuarto de agresión sexual, también en grado de tentativa. La sección tercera le reduce la pena ahora en cinco años, hasta 13 años y siete meses, y dado que entró en prisión en 2006, la sala da por extinguida la pena y ordena su excarcelación. Hubiese cumplido la pena en 2024.

Tanto la Fiscalía como la acusación particular pidieron al tribunal que mantuviese la pena, no así el letrado de la defensa, Ricardo Álvarez-Buylla Fernández, quien llamó la atención sobre la reducción del mínimo de pena que establece la reforma del Código Penal introducida por la ley del “solo sí es sí” (ley de garantía integral de la libertad sexual). La sección tercera indica que el hombre fue condenado por dos delitos de violación, que en el anterior Código llevaban aparejadas penas de entre seis y doce años de cárcel. La sala optó por imponerle siete años por cada delito, un año sobre el mínimo. El nuevo Código, añade el auto, castiga el mismo delito con penas de entre cuatro y doce años. Siguiendo el razonamiento de la sentencia, debe imponerse un año sobre el mínimo, esto es, cinco años de cárcel, por cada delito de violación. Lo mismo ocurre con el delito de violación intentado. Estaba castigado con penas de entre tres y seis años (la pena reducida en un grado, esto es, a la mitad), y a E. Z. D. se le impuso un año sobre el mínimo, cuatro años. Con el nuevo Código del “solo sí es sí”, la horquilla se mueve entre dos a cuatro años. Añadiendo un año al mínimo, se obtiene la nueva pena, de tres años. El de agresión sexual intentada se mantiene en siete meses.

Los hechos se produjeron entre octubre de 2001 y septiembre de 2002. Aprovechando que la niña era su vecina y que en ocasiones empleaba en su establecimiento al padre de la menor, hizo entrar a la víctima en su vehículo y con amenazas la obligó a hacerle una felación, en dos ocasiones. Lo intentó una tercera, pero la niña, ya de 13 años, pudo escapar. En una cuarta ocasión, la abordó y manoseó violentamente, sin llegar a forzarla, aunque tuvo que ser asistida en el HUCA.

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