Educación incorpora al protocolo de acoso escolar claves contra la discriminación por la identidad sexual
Las instrucciones proponen a los centros impulsar actividades de sensibilización, asesoramiento y formación para garantizar los derechos del alumnado

Miembros del Sindicato de Estudiantes, en su protesta del 8M, con banderas Trans y LGTBI. / IRMA COLLIN
A. R.
La Consejería de Educación ha remitido este miércoles a todos los centros de enseñanza, tanto públicos como concertados y privados, unas orientaciones para la prevención, detección e intervención ante conductas que atenten contra la identidad sexual del alumnado. Unas instrucciones llevan que se incorporan como anexo al protocolo contra el acoso escolar, que se actualizó a primeros de curso.
Según el protocolo, las direcciones de los centros deberán incluir actuaciones y medidas de prevención, intervención y erradicación de actitudes discriminatorias por motivos de orientación e identidad sexual en el Proyecto Educativo de Centro y en el Plan Integral de Convivencia, enmarcados en la nueva ley educativa (LOMLOE). También se concretarán en la Programación General Anual (PGA).
Los centros educativos tendrán que velar por una adecuada protección del alumnado que se encuentre en situación de exclusión social, discriminación y violencia por los mismos motivos. En caso de que se detecten conductas que atenten contra la orientación e identidad sexual, las direcciones abrirán un protocolo de acoso escolar.
Ángel Jiménez LacaveLos fundamentos de la ley trans
Las instrucciones hacen especial hincapié en el apartado preventivo. En este sentido, proponen a los centros impulsar actividades de sensibilización, asesoramiento y formación dirigidas a toda la comunidad educativa, actuaciones curriculares y medidas para garantizar los derechos del alumnado.
Destacan también que se debe impulsar la formación relacionada con la diversidad afectivo-sexual y su tratamiento educativo, que irá destinada a los equipos directivos, a los servicios de orientación, equipos docentes y a las personas coordinadoras de bienestar, a través de los Centros del Profesorado y Recursos (CPR).
Igualmente, como en otros casos de acoso, la consejería establece el modo de proceder cuando se detecten conductas que atenten contra la orientación e identidad sexual del alumnado. Cualquier miembro de la comunidad educativa que tenga conocimiento o sospecha de un caso, deberá ponerlo en conocimiento de un docente, tutor o tutora, el equipo directivo o la persona responsable de la orientación. En ese momento, se activará el protocolo contra el acoso escolar vigente.
Las orientaciones enumeran una serie de conductas susceptibles de atentar contra la orientación e identidad sexual: uso reiterado de apodos peyorativos, chistes, burlas, menosprecios o insultos con connotación afectivo-sexual; amenazas, insultos o vejaciones relacionadas con la orientación e identidad sexual o que inciten a la violencia física. Estas conductas reprobables serían extensibles a los espacios virtuales.
También se tiene en cuenta el aislamiento del grupo en las actividades escolares y extraescolares, la introversión, tristeza y aflicción de la víctima; las reiteradas ausencias injustificadas al centro docente o las somatizaciones o brotes de descontrol emocional de las personas afectadas.
Si el centro docente concluye que ha existido acoso escolar, deberá elaborar un plan de actuación, que contendrá medidas a adoptar con la víctima, con los agresores y con los observadores para corregir la situación detectada y evitar que se vuelva a repetir.
Entre esas posibles medidas, figuran asignar un docente que empatice con la víctima y con capacidad para abordar su situación, en coordinación con los servicios especializados de orientación educativa y servicios sanitarios; crear un círculo protector de compañeros y compañeras o actuar con los acosadores, con los observadores y con el grupo-clase en el que se encuentra el presunto acosador. En este último caso, se desarrollarían programas específicos sobre la diversidad sexual, así como encuentros y charlas con personas expertas para reflexionar.
Por último, en las instrucciones remitidas por la Consejería se remarca que en el supuesto de que algún miembro de la comunidad educativa tuviera conocimiento o sospechas de que un menor escolarizado pudiera estar sufriendo una agresión física o ensañamiento por su orientación e identidad sexual, lo pondrá en conocimiento de la dirección del centro que, con carácter inmediato, lo derivará a los servicios sociales competentes.
Si resultara amenazada la salud o la seguridad del menor o adolescente, deberá comunicarlo con urgencia a las fuerzas y cuerpos de seguridad y/o al Ministerio Fiscal, en cumplimiento de la ley orgánica de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia.
En la línea de la ley trans
El anexo van en la línea de la preocupación y las indicaciones que recientemente también ha recogido la nueva ley para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI, donde se expone que según datos de 2020 de la Agencia Europea de Derechos Fundamentales (FRA), en España, el 42 % de las personas LGTBI se han sentido discriminadas en el último año y a menudo, esa discriminación se traslada a las aulas, dado que más de la mitad de las personas menores LGTBI sufre acoso escolar, según datos aportados por la Federación Estatal de Lesbianas, Gais, Trans, Bisexuales, Intersexuales y más (FELGTBI+).
Dicha ley ya incidía en el deber de las administraciones de promover, "la inclusión, en los proyectos educativos de los centros y en sus normas de organización, funcionamiento y convivencia, de la aplicación de protocolos de prevención del acoso y ciberacoso escolar, teniendo en cuenta el acoso por LGTBIfobia".
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