El Tribunal Supremo confirmó la condena dictada en enero de 2009 por la Audiencia Provincial de Barcelona que condenó al dueño de un local del Raval a cinco años y seis meses de prisión y al pago de una multa de 11.250 euros por un delito contra el medio ambiente en concurrencia con tres delitos de lesiones, por daños psíquicos que causó a sus vecinos, quienes sufrieron insomnio, estrés y depresión.