OVIEDO

El fiscal delegado de Medio Ambiente y Urbanismo, Joaquín de la Riva, solicita la condena de un vecino de Lena por un delito de quebrantamiento de condena después de que en octubre de 2010 participara como montero en una cacería portando un perro, a pesar de que una sentencia de 2009, firme, le prohibiera el ejercicio de profesión, oficio o comercio con animales por matar a golpes a un cachorro de entre cuatro y siete meses.

Según informó la Fiscalía, el acusado es G. G. Á., nacido en 1987, que fue condenado por sentencia el 19 de octubre de 2009 a la pena de un año de prisión e inhabilitación para el ejercicio de profesión, oficio o comercio con animales durante dos años. El cumplimiento de la pena comenzó el 30 de septiembre de 2010 y éste fue notificado convenientemente al acusado, al que se advirtió de que, en caso de incumplimiento, incurriría en un delito de quebrantamiento de condena.

El fiscal sostiene que, pese a ello, "el acusado participó en una cacería como montero el 7 de octubre de 2010 portando un perro de nombre Moro, es decir, sólo una semana después de haber iniciado el cumplimiento de la pena establecida en la sentencia, haciendo caso omiso de la inhabilitación acordada".

El fiscal de Medio Ambiente y Urbanismo, Joaquín de la Riva, considera los hechos constitutivos de un delito de quebrantamiento de condena y solicita que se le condene al pago de una multa de 16 meses a razón de 12 euros diarios (5.760 euros en total), además de las costas procesales.

CONDENADO EN 2009

Los hechos por los que G. G. Á. fue condenado en 2009 ocurrieron sobre las 11.00 horas del 4 de octubre de 2008. El acusado, acompañado de otras dos personas, que fueron igualmente condenadas, de común acuerdo, cogieron un cachorro de perro de entre cuatro y siete meses de edad, de la raza Grifón, que participaba en una cacería de la Sociedad de Cazadores y Pescadores de Lena. El cachorro era propiedad de uno de los cazadores.

Una vez en su poder, los tres lo metieron en el maletero de un turismo y lo trasladaron a bordo del mismo a una vivienda en Carraluz, en Lena. Allí, los tres, y en venganza porque los dos compañeros del acusado habían sido denunciados por la Sociedad de Cazadores y Pescadores de Lena, mataron a golpes al cachorro.

El Juzgado de lo Penal número tres de Oviedo aceptó la tesis planteada por la Fiscalía de Asturias y consideró los hechos constitutivos de un delito de maltrato animal del artículo 337 del Código Penal. Además de la pena de prisión e inhabilitación, la sentencia condenó a los tres a indemnizar al propietario del animal con 2.500 euros, cantidad en la que fue tasado el cachorro fallecido.

En la sentencia, el juez destacó la crueldad de los acusados hacia el animal, y su "cobardía" y "vileza" por "aprovecharse de un animal indefenso para dar rienda suelta a los bajos instintos de venganza". El forense que realizó la necropsia al cachorro, cuyo testimonio se recoge igualmente en el fallo, aseguró que para acabar con la vida del animal fue necesario golpearlo con "extrema violencia" y "brutalidad". EUROPA PRESS