Los presuntos miembros de la bautizada como "banda de los surferos" han sido condenados a penas que van desde los ocho años y medio de prisión hasta un año, según la sentencia comunicada dictada por la sección 2ª de esta Audiencia Provincial. Según el tribunal, no existe una banda o red organizada como tal, aunque admite que había un cabecilla.

En total fueron juzgadas nueve personas acusadas de supuestos delitos contra la salud pública y tenencia ilícita de armas. El tribunal rechazó la nulidad de las pruebas que reclamaban las defensas, ni tampoco que el consumo de drogas pueda ser eximente para los hechos enjuiciados, como defendieron los letrados, entre otros Ana G. Boto, Ricardo Álvarez-Buylla, José Manuel Fernández y Luis Tuero. Aunque sí se tuvo en cuenta como atenuante.

El tribunal considera probado que, al menos desde agosto de 2011, seis de los acusados se dedicaban a la distribución a gran escala de cocaína, MDMA, anfetamina y hachís en la región. También que la venta de las drogas se realizaban siempre por kilos y disponían de la infraestructura necesaria para manipular las sustancias originales y adulterarlas para conseguir un mayor beneficio económico. Para ello disponían de balanzas y sustancias que mezclaban con los estupefacientes y psicotrópicos.

Según la sentencia, J. M.P. era quien tomaba las decisiones y daba las órdenes. Es precisamente a él a quien se le impone la condena más dura, con siete años de prisión por tráfico de sustancias gravemente nocivas para la salud, con la atenuante de drogadicción, y una multa de 2,7 millones de euros, y un año y seis meses más de cárcel por un delito tenencia ilícita de armas.

El tribunal también indica que para ocultar la droga tenían diversos trasteros y garajes, con el objetivo de evitar robos como ya había sufrido alguno de los implicados.

Para las comunicaciones entre ellos utilizaban teléfonos móviles, pero sólo se enviaban mensajes de texto y con un lenguaje que trataban de encriptar, con el objetivo de evitar que se pudiera identificar el objeto de las comunicaciones y su actividad. La sentencia también indica que los tres implicados y con mayor relación con el cabecilla acudían a su casa para evitar precisamente conversaciones telefónicas. Para la adquisición de material con el que manipular la droga, utilizaban a terceros, ahora condenados.