La Sala de lo Militar del Tribunal Supremo ha exonerado a un guardia de Tráfico de la agrupación de Mieres que fue sancionado con nueve días de sueldo, con suspensión temporal, por no contestar a las alegaciones presentadas por varios conductores multados por el agente. El guardia adujo que se encontraba de baja psicológica cuando le comunicaron los pliegos de descargo, entre septiembre de 2012 y febrero de 2013.

Las normas de la Agrupación de Tráfico obligan a los agentes a tramitar ese tipo de escritos aunque se encuentren de baja médica. Pero la Sala de lo Militar considera que "la baja médica exime al Guardia Civil recurrente de realizar el servicio propio de su destino; de todas las obligaciones derivadas de su función como Agente de la autoridad en el Destacamento de Tráfico y, entre tales obligaciones, la de informar las alegaciones formuladas por los denunciados"