David G. M., el agente de la Guardia Civil juzgado el pasado 22 de febrero en la sección segunda de la Audiencia como presunto autor de la violación de una joven de origen suramericano, Johanna Estefanía P., con la que ahora mantiene una relación sentimental, ha sido absuelto al considerar el tribunal que el testimonio de la denunciante "carece de verosimilitud" y es insuficiente para condenar al encausado. En el juicio, el ministerio público mantuvo nueve años de prisión para el acusado, que clamó: "Soy inocente".

La sentencia, de la que ha sido ponente la magistrada María Luisa Barrio, ve poco probable que se hubiese producido la agresión sexual denunciada, que según la joven habría tenido lugar en el interior de un coche, en la calle Conceyín del barrio ovetense de La Corredoria. En primer lugar porque los dos fueron vistos en una cafetería previamente en actitud acaramelada, según manifestaron dos camareras del establecimiento. El fallo considera que la joven podría haberse marchado si no estuviese de buen grado con el acusado.

Además, la sentencia considera que los mensajes enviados por el agente a la joven después del incidente no parecen corresponderse con el epílogo de una agresión sexual: "Te has llevado las bragasss", "Te han reñido?", "Ya he dejado a mi novia" o "Estamos Juntos". En cuanto a las lesiones sufridas por la joven, en el muslo, si bien podrían haber sido causadas por una agresión sexual, como indicaron los forenses, "su levedad y localización las hacen perfectamente compatibles con otros mecanismo de causación", indica el tribunal, al tiempo que expresa su extrañeza de que no hayan aparecido lesiones más graves en la zona genital. En cuanto a las lesiones que presentaba el agente, un arañazo en la cara, el fallo considera que no hay pruebas de que se hubiesen producido durante el supuesto forcejeo que denuncia la joven.

La ponente de la sentencia resalta especialmente el testimonio de los psicólogos forenses, para quienes el relato de la denunciante no resulta creíble. En la entrevista que mantuvo con estos profesionales, se corrigió varias veces a sí misma y además no mostró las secuelas psicológicas que suelen advertirse en las víctimas de violaciones.

El tribunal tiene en cuenta además que no se presentaron pruebas que hubiesen despejado las dudas, como la ropa que llevaba la joven el día del incidente. Su madre aseguró que había llegado a cada con las medias rotas, pero estas no se presentaron a la Policía. Además, no se tomaron muestras bajo las uñas de la joven, donde, de haber sido ella la que arañó al acusado, habrían aparecido restos biológicos de éste.

En fin, el fallo estima que el relato de la joven -hubo que arrancárselo, ya que se negaba a declarar contra su actual compañero sentimental, aunque también quería evitar ser acusada de desacato o denuncia falsa- "no resulta persistente" y además su declaración "aparece colmada de ambigüedades, imprecisiones y contradicciones, por lo que en modo alguno resulta suficiente para el pronunciamiento condenatorio pretendido".

El letrado de David G. M., Miguel Ángel Ybern, indicó en la vista que su defendido ya había sufrido suficiente condena, puesto que había perdido su destino en los Grupo de Acción Rápida (GAR) de la Guardia Civil y le habían dado un puesto menos prestigioso y peor pagado. Ahora está probada su inocencia.