Una ovetense tiene que ser indemnizada con 4.140 euros más intereses por las lesiones sufridas al caer en un centro comercial de Paredes (Siero) por pisar un helado derretido en el suelo. La mujer estuvo casi dos meses de baja.

El accidente se produjo en marzo de 2016, cuando la víctima, que entonces tenía 45 años, caminaba por la zona de ocio del centro comercial. De repente resbaló y cayó, al pisar los restos de un helado que ya estaba derretido.

En primera instancia en el juzgado de Siero, la demanda de la mujer fue desestimada, al aceptar el magistrado los razonamientos del centro comercial y de la compañía aseguradora, que declinaban su responsabilidad por la existencia de al menos seis personas dedicadas a la limpieza y seguridad en la zona, el tiempo empleado en acudir y la atención que se prestó. Tampoco se tuvo en cuenta que no hubiera avisos indicando que el suelo estaba resbaladizo ni el tiempo transcurrido desde que cayó el helado hasta el accidente. O dicho de otro modo, se contempló la falta de atención de la mujer para no caer.

Responsabilidad

Los letrados de la ovetense, María del Mar Rodríguez Vega y David Gato, de Bauche Abogados, decidieron recurrir a la Audiencia Provincial, que les ha dado la razón. Según el fallo, "la presencia de restos de helado en los pasillos de un centro comercial, aunque se trate de la zona de ocio y restauración, se tiene que establecer que se trata de un obstáculo anómalo y como tal imprevisible para el ciudadano".

Y además, el resto de helado que provocó el resbalón y la caída "podría ser difícil de percibir en una situación de normalidad (...) si no hay indicación alguna que exija y requiera una atención especial". Hubo, por tanto, "una omisión de responsabilidad y cuidado por parte del centro comercial en el mantenimiento adecuado y sin riesgo de sus instalaciones". Por tanto, existe "una conducta culposa".