El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha confirmado la pena de treinta años de prisión a la que fue condenado un hombre por la Audiencia Provincial de Zamora por violar y agredir sexualmente a sus hijas cuando eran menores.

El fallo del TSJCyL, al que ha tenido acceso Efe, estima en su totalidad la sentencia del tribunal zamorano y rechaza el recurso de apelación presentado por la defensa del condenado, que aún tiene la posibilidad de presentar un recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

A una de las hijas comenzó a agredirla sexualmente de forma continuada cuando tenía 12 años y a partir de los 16 también consumó la penetración, por lo que al delito de agresión sexual sumó el de violación, en ambos casos con amenazas para que no contara lo ocurrido.

Por el primero de ellos fue condenado a ocho años y nueve meses de prisión, y por el segundo a trece años y siete meses de cárcel.

Además, a otra hija menor y con una discapacidad reconocida por retraso madurativo, la agredió sexualmente cuando tenía 13 años.

La denuncia de los hechos partió de un familiar de una amiga de una de las niñas a la que confesó lo que le había hecho su padre.

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha desestimado las pretensiones de la defensa de que la agresión sexual a una de las hijas fuera considerada en grado de tentativa.

Al respecto, el TSJCyL ha indicado que el relato de hechos probados de la sentencia inicial de la Audiencia Provincial de Zamora deja claro que el condenado tapó la boca a la niña para tocarle sus partes íntimas.

El Tribunal Superior de Justicia ha aludido además, para desestimar las pretensiones de la defensa, a la verosimilitud de lo declarado por las víctimas y la ausencia de contradicciones en su relato.

Del mismo modo, el testimonio quedó corroborado en el juicio con datos externos como el hecho de que la madre y una de las menores padecieran una enfermedad de transmisión sexual que también se detectó en el padre y que "en buena lógica se la transmitió a ambas".

El TSJCyL ha confirmado igualmente las indemnizaciones de 30.000 y 6.000 euros a cada una de las dos hijas por parte del condenado, que deberá abonar las costas procesales del juicio, incluidas las de la acusación particular.