La Fiscalía del Principado de Asturias solicita la condena de un acusado de atropellar a una mujer de 90 años en un paso de cebra de Cangas de Onís cuando conducía sin prestar una mínima atención y el cristal delantero del vehículo empañado. La vista oral está señalada el lunes, 14 de octubre, en el Juzgado de lo Penal nº 3 de Oviedo, a las 13,00 horas.

El Ministerio Fiscal sostiene que, sobre las 13:10 horas del día 13 de septiembre de 2016, el acusado conducía por la Avenida de Covadonga, Cangas de Onís y, debido a que conducía sin prestar la mínima atención a las circunstancias del tráfico y con la visibilidad de su vehículo reducida por tener el cristal parabrisas delantero empañado por el vaho, al llegar al cruce de la confluencia con la calle Prudencio González atropelló a una mujer de 90 años, XXX, que cruzaba por un paso de cebra, junto con otros muchos peatones. En el lugar había señalización vertical de advertencia y horizontal de paso de cebra perfectamente visibles y numerosos peatones, motivo por el cual la circulación estaba siendo regulada por un agente de la Policía Local de Cangas de Onís debidamente uniformado e identificable, que en ese momento tenía el brazo extendido indicando al acusado que debía detenerse.

No obstante, el acusado, en lugar de detenerse, no respetó ni la indicación policial ni la advertencia de las señales indicativas y continuó circulando hasta llegar al paso de cebra donde, sin frenar en ningún momento, arremetió contra la peatón. La mujer estaba cruzando obedeciendo las indicaciones policiales.

A consecuencia de los hechos, la mujer, nacida en 1926, resultó con lesiones consistentes en traumatismo cráneo encefálico con fractura occipital izquierda, hemorragia subaracnoidea, contusiones hemorrágicas derechas a nivel frontal y temporal y traumatismo en miembro inferior izquierdo con fractura de meseta tibial. Según informe forense, el tiempo de curación fue de 365 días, de los cuales 6 días hospitalizada y totalmente impedida para sus ocupaciones habituales.

Le quedó como secuela mínimo dolor en la rodilla afectada, lo que supone gonalgia postraumática inespecífica y, en la región occipital izquierda del cuero cabelludo, una pequeña zona cicatricial de un centímetro.

En el momento de ocurrir los hechos, la perjudicada vivía sola e independiente, caminaba con normalidad y se desenvolvía libremente para todas las actuaciones de la vida normal. Según informe médico del Hospital del Oriente de Asturias, tras el atropello ha tenido que ser trasladada a una residencia geriátrica y está imposibilitada para volver a realizar su vida normal.

La Fiscalía considera que los hechos son constitutivos de delito de lesiones por imprudencia grave del artículo 152.1-1º y párrafo quinto del Código Penal.

Y solicita que se condene al acusado pena de 12 meses de multa con cuota de 10 euros al día, con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago, y privación del permiso de conducir vehículos a motor y ciclomotores durante 3 años, lo que comportaría la pérdida de vigencia del carné.

Condena en costas.

En concepto de responsabilidad civil, el acusado y como responsable civil directo la compañía de seguros, indemnizará a XXX con 23.385 euros por las lesiones, con 3.274,98 euros por las secuelas y con 40.000 euros por perjuicios morales. Asimismo indemnizarán al SESPA con los gastos de asistencia médica. Todo ello más los intereses legales correspondientes