La sección tercera reanuda este martes el juicio contra el hostelero naviego C. M. G., acusado de rociar de alcohol y prender fuego a su pareja, N. G. D., en mayo de 2016, unos hechos que ocurrieron en una sidrería de la localidad de Narciandi, en Cangas de Onís. La mujer sufrió gravísimas quemaduras en el abdomen, los muslos y los glúteos, entre otras partes del cuerpo, que obligaron a su tratamiento en diferentes hospitales, incluida la unidad de grandes quemados de La Paz, en Madrid.

El juicio se convocó inicialmente para el pasado mes de julio, pero tuvo que suspenderse por la incomparecencia de tres testigos cruciales. Volvió a convocarse para principios de octubre, pero de nuevo tuvo que suspenderse ante la ausencia de tres magistrados que tenían que asistir a un curso de digitalización, para abordar el proyecto del "papel cero".

La Fiscalía pide cinco años de cárcel para el acusado por un delito de lesiones en un contexto de maltrato y violencia doméstica. La pareja tenía una relación desde hacía un año, sin convivencia. Sobre las cinco y media de la mañana del día 13 de mayo de 2016, ambos se encontraban en la sidrería que regentaba el acusado, situada en la carretera AS-114, a la altura de la localidad de Narciandi.

De repente, el acusado cogió una garrafa de alcohol, tiró el contenido por encima a la mujer y le prendió fuego, causándole gravísimas quemaduras en el abdomen, la cara anterior y media de ambos muslos y la región inferior de los glúteos, lesiones de las que fue atendida en un primer momento en el Hospital de Arriondas, adonde fue trasladada por el propio acusado y, posteriormente, en el HUCA en Oviedo y en Hospital de La Paz en Madrid.

A consecuencia de la agresión, la mujer sufrió quemaduras de segundo y tercer grado en manos, abdomen y miembros superiores e inferiores, con el 26 por ciento de la superficie corporal quemada, precisando, además de una primera asistencia facultativa, tratamiento médico y quirúrgico consistente en desbridamiento de quemaduras y cobertura con aloinjertos y autoinjertos. Tardó en curar la friolera de 271 días. Le quedaron secuelas con perjuicio estético importante, dada la existencia de una extensa zona de posquemadura.

La Fiscalía considera que los hechos son constitutivos de un delito de lesiones, con la circunstancia agravante de parentesco. Y solicita que se condene al acusado a 5 años de prisión, prohibición de aproximarse a la víctima a una distancia no inferior a 500 metros durante 8 años, a su domicilio, lugar de trabajo o cualquier lugar donde se encuentre y la prohibición de comunicarse con ella por cualquier medio durante el mismo período.

En concepto de responsabilidad civil, solicita que el acusado indemnice a la víctima en 115.000 euros por las lesiones sufridas y secuelas padecidas.