La Audiencia de Girona ha condenado a once años de cárcel a un hombre de 41 años y vecino de la comarca de la Selva por abusar sexualmente de su hija desde los tres a los catorce años.

Además, el hermano del procesado, y tío de la menor, deberá permanecer cinco años en prisión por abusos a la víctima cometidos también de forma continuada.

La fiscalía solicitaba inicialmente para el padre una pena de 29 años por un delito continuado de agresión sexual a menor de dieciséis años, otro de violencia psíquica, uno contra la salud pública por favorecer el consumo de drogas, otro contra la indemnidad sexual y un último leve de injurias y vejaciones.

La sentencia de la sección cuarta, de la que ha sido ponente la magistrada Maite Iglesias, establece la condena en once años por el primero de esos delitos, a los que se suman quince días por el último, ambos con el atenuante de drogadicción.

Además, el procesado deberá someterse a siete años de libertad vigilada y la prohibición de acercarse a la víctima a menos de 500 metros durante un lustro.

Sin embargo, se le absuelve del delito de violencia psíquica habitual y contra la salud pública por favorecer el consumo de drogas a menor de dieciocho años.

El tribunal condena a padre y tío de la víctima por abusos, y no por agresión, porque argumenta que “la prueba practicada no ha permitido acreditar" esa acusación. La sentencia considera probado que, cuando la niña contaba tres años, su mujer sorprendió al acusado en la cama de la pequeña haciéndole tocamientos, lo denunció a la policía y la pareja se divorció.

Por circunstancias personales, la madre perdió en 2007 la patria potestad de sus tres hijos, entre los que se incluía la víctima, y la custodia provisional quedó en manos de los hermanos paternos.

Según la resolución, el condenado violó reiteradamente a la niña cuando tenía nueve años en la casa de los abuelos y también en el domicilio del padre cuando su hija lo visitaba.

La menor permaneció con los abuelos hasta 2014 y, en 2017 ya en un centro de acogida, el tribunal considera probado que los abusos se repitieron en la primera visita en la que el padre disponía de permiso para estar a solas con su hija.

Esta vez, la víctima se lo contó a su compañera de habitación y esto provocó que saliera a la luz todo lo sufrido a lo largo de los años, que se da por probado en base a su testimonio, a criterios médico-forenses y a los documentos aportados.