Llegó a una sidrería de Colloto (Siero) y en el aparcamiento vio una moto. La reconoció: era de un abogado. En concreto, del abogado que defendió a su exmarido en su traumático proceso de divorcio. Montó en cólera. Agarró un objeto y cortó los cables del sistema ABS de los frenos y de las luces. Eso sucedió hace cuatro años: el 2 de diciembre de 2016. Ahora, la protagonista de esta historia acaba de ser condenada a un año de cárcel por un delito de obstrucción a la justicia. Natural y vecina del concejo de Oviedo, la mujer incurrió en “actos atentatorios contra bienes, como represalia por la actuación como abogado de Manuel Vicente Vallina Rodríguez”, establece la sentencia de un Juzgado de lo penal de Oviedo.

Al carecer de antecedentes penales, la condenada no entrará en prisión si se aviene –como es totalmente previsible– a pagar las responsabilidades civiles y la multa que le ha impuesto el juez. La multa es de seis meses con una cuota diaria de seis euros. Asimismo, se le adjudica un delito leve de daños, con una pena de multa de tres meses con una cuota diaria de seis euros.

Todo ello por dejarse arrastrar por la ira, como indica la sentencia en el apartado de hechos probados. La resolución indica que la agresora “mantenía muy mala relación” con el abogado propietario de la moto. El proceso de divorcio de la mujer había sido muy tortuoso, e incluyó acusaciones de maltrato familiar, quebrantamiento de condena y denuncia falsa. “Entró en cólera al ver a Manuel Vicente Vallina Rodríguez en el establecimiento y causó la rotura del cableado de la motocicleta para castigarle por su actuación como abogado en los citados procedimientos”, concluye el magistrado.

No hubo coacciones

En su declaración ante la Policía en la Comisaría, la mujer reconoció los hechos. Más tarde, en el juicio, negó lo dicho en la Comisaría, aduciendo que la Policía la había coaccionado y tergiversado sus palabras. Pero el juez se muestra categórico ante esta contradicción al hacer notar que la mujer “pudo traer al juicio como testigo a la abogada que la asistió en Comisaría para respaldar su afirmación y no lo hizo”. En consecuencia, colige el magistrado, “sus afirmaciones son disculpas, no rebate las afirmaciones recogidas en su declaración en Comisaría”. Por el contrario, el testimonio de la víctima-denunciante “es firme, persistente, tenaz, está corroborado por la realidad del daño material padecido”. Además, la acción fue grabada por una cámara.

Sin embargo, el juez concluye que “no hay prueba que indique la intención de lesionar” al letrado dueño de la moto. Por este motivo, la mujer condenada queda absuelta del delito de lesiones del que la había acusado el abogado.