El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de casación interpuesto por la defensa de un hombre al que la Audiencia Provincial de Castellón impuso ocho años de prisión por abusar sexualmente de su sobrina carnal de nueve años de edad en un apartamento de Peñíscola. El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat (TSJ), al que el condenado también recurrió, ya avaló posteriormente la sentencia de origen y ahora es el alto tribunal de Madrid el que ratifica la pena de cárcel para el procesado.

Además, deberá cumplir otros cinco años más de libertad vigilada y no podrá aproximarse a menos de 500 metros de la víctima ni comunicarse con ella por ningún medio.

Según declaró probado la Audiencia Provincial, la menor y su abuela se trasladaron desde su localidad de origen hasta Peñíscola en el mes de julio del 2016. Lo hicieron para estar con el condenado, que estaba trabajando en la temporada de verano. Una tarde, cuando el susodicho terminó su jornada laboral y llegó a casa, la víctima dormía la siesta en el sofá. Movido por su ánimo libidinoso, se tumbó al lado de su sobrina, le quitó la ropa interior y le hizo tocamientos, llegando a hacerle daño. Viendo que se había levantado de la siesta la abuela de la menor y madre del sentenciado, le colocó la ropa a la niña y puso la ropa interior en la lavadora.

La menor insistió a su abuela y a su madre --por teléfono-- que no quería estar allí, hasta que finalmente contó lo sucedido.

Las versiones

El hombre negó rotundamente que hubiera abusado de su sobrina durante el juicio que se celebró contra él en la Ciudad de la Justicia de Castellón. Dijo que se había limitado a descansar junto a ella.

Por su parte, la menor declaró por videoconferencia. Relató ante el tribunal que su tío "se tumbó a mi lado y me metió el dedo en mis partes íntimas, pero yo por miedo me hice la dormida". La afectada contó que "justo salió mi abuela de la habitación y entonces él se levantó y se fue".

El tribunal castellonense consideró el testimonio de la niña "sólido", "verosímil" y "consistente", por lo que le dieron credibilidad al mismo, corroborado por elementos periféricos.

La psicóloga y la trabajadora que declararon en el juicio manifestaron que la credibilidad de la menor se encontraba en el rango más alto. Las peritas relataron en el plenario que, a consecuencia de los hechos, se produjeron importantes consecuencias relacionadas con conflictos intrafamiliares.

El procesado deberá ahora abonar las costas judiciales del recurso que ha sido desestimado por el Tribunal Supremo.