Atracos

Eluden la prisión tras desvalijar una caja fuerte y amordazar a una mujer y su hija en Valencia

Dos de los cuatro encapuchados confiesan que se llevaron un botín de más de 55.000 euros y joyas

Finca de Valencia donde se produjo el asalto por parte de cuatro encapuchados.

Finca de Valencia donde se produjo el asalto por parte de cuatro encapuchados. / I. Cabanes

A escasos metros del juzgado que finalmente los ha condenado cometieron su violento asalto. Dos de los cuatro encapuchados que irrumpieron en un ático de la calle Antonio Sacramento de València en enero de 2020, donde amordazaron y amenazaron de muerte a una madre y su hija para desvalijar la caja fuerte de la vivienda, han aceptado sendas penas de dos años de cárcel. Los condenados por sentencia in voce, tras reconocer los hechos y llegar a un acuerdo de conformidad, no tendrán que ingresar en prisión al suspender el Juzgado de Lo Penal número cuatro de València la ejecución de las penas de cárcel con la condición de que no cometan ningún otro delito en el plazo de tres años y no abandonen el tratamiento de deshabituación por su adicción a las drogas.

Los acusados, ambos de nacionalidad española y de 35 y 45 años, se apoderaron de un botín de más de 55.000 euros en metálico y joyas que las víctimas guardaban en la caja fuerte. Así, en concepto de responsabilidad civil deberán indemnizar conjunta y solidariamente por el dinero sustraído, así como por el valor en el que sean tasadas las joyas.

El asalto se produjo a las 9.35 horas de la mañana del 14 de enero de 2020 cuando, aprovechando el momento en que la moradora del piso, de origen chino, abría la puerta para salir de su domicilio, los dos condenados y otros dos asaltantes no identificados irrumpieron en el inmueble con el rostro totalmente tapado.

Los atracadores, que portaban al menos un cuchillo, le taparon la boca a su víctima para que no pudiera gritar ni pedir ayuda, y la llevaron hasta una de las sillas del salón, donde la ataron de pies y manos con una bridas negras, y la amordazaron. De esta forma se apoderaron de 700 euros que portaba en el bolso, su tarjeta de residencia y las llaves de la casa.

Alertada por los ruidos, la hija, que se encontraba en el piso superior, bajó y se topó con los cuatro encapuchados. Al igual que hicieron con su madre, la ataron y le amenazaron con un cuchillo para obligarle a que les abriera la caja fuerte.

Como la joven se negaba le amenazaron con matar a su madre. Finalmente consiguieron abrir la caja fuerte y se apoderaron de 50.000 euros en efectivo y joyas, así como de otros 5.500 euros que había en el bolso de la hija. Los cuatro asaltantes huyeron del lugar dejando a ambas mujeres amordazadas y atadas con bridas.

Se les suspende la pena de cárcel con la condición de seguir con el tratamiento de desintoxicación

El Ministerio Fiscal solicitaba inicialmente por estos hechos una pena de cinco años de prisión para cada uno de los dos acusados. No obstante, tras el pacto alcanzado por sus letrados, Francisco Aparicio y Juan Antonio Rodríguez de Dios, finalmente se les condena a solo dos años de prisión por un delito de robo con violencia en casa habitada con uso de armas, con las agravantes de abuso de superioridad y uso de disfraz.

El fallo del Juzgado de Lo Penal número cuatro de València contempla también dos circunstancias atenuantes. Por un lado la de drogadicción, al quedar acreditado que ambos acusados "eran adictos a sustancias estupefacientes y actuaban a causa de su dependencia a las mismas, con una clara merma de sus capacidades volitivas». De hecho, en la actualidad se encuentran sometidos a tratamiento de deshabituación. Y por el otro, la atenuante de dilaciones indebidas al recoger como hecho probado que «el procedimiento ha tenido demoras procesalmente injustificadas, extraordinarias, no imputables a los acusados y desproporcionadas con la complejidad de la causa".

Los abogados de la defensa solicitaron la suspensión de la ejecución de las penas de prisión y el fiscal no se opuso. De ahí que en el mismo acto del juicio se acordara el beneficio extraordinario de la suspensión pese a que la pena excede los dos años –son exactamente dos años, un mes y 16 días– y ambos cuentan con antecedentes. Jesús M. D. fue condenado en Zaragoza en 2010 por otro robo con violencia e intimidación a tres años y medio de cárcel. Mientras que Francisco O. G. fue también condenado en Teruel a 18 meses de prisión por un robo con fuerza.