Tribunales
Condenado el hijastro de la alcaldesa de Marbella a 9 años de cárcel por tráfico de drogas
La Audiencia Nacional impone penas de entre dos y dieciséis años de prisión a 21 de los 24 acusados, entre los que se encuentra Joakim Broberg, tras haber sido incautados 244 kilos de cannabis

Condenado el hijastro de la alcaldesa de Marbella a 9 años de cárcel por tráfico de drogas.
Redacción
La Audiencia Nacional ha condenado a nueve años de cárcel al ciudadano sueco Joakim Broberg, hijastro de la alcaldesa de Marbella, la exdiputada y exsenadora del PP Ángeles Muñoz, por tráfico de drogas y blanqueo de capitales procedentes del narcotráfico.
Así lo acuerda este tribunal en una sentencia en la que condena a penas de entre dos y dieciséis años de prisión a 21 de los 24 acusados -once suecos, seis polacos, tres españoles, dos alemanes, un holandés y un macedonio- por su relación con una organización dedicada al transporte de drogas, principalmente marihuana y hachís, entre España y Suecia, abasteciéndose en Marruecos, entre 2019 y 2020.
244 kilos de cannabis
Están relacionados con la incautación de 244 kilos de cannabis en una nave de San Pedro de Alcántara con un valor superior a 415.000 euros, la aprehensión de 25 fardos con un total de 550 kilos de hachís frente a la costa granadina valorados en 919.000 euros, la intervención de 27,9 kilos de resina prensada de hachís con un valor de 46.352 euros y otras operaciones de compraventa de marihuana.
Fueron el resultado de operaciones llevadas a cabo por la Guardia Civil y la Policía Nacional en cooperación con la Policía de Suecia contra un grupo criminal de origen sueco con actividad en España, especialmente en la Costa del Sol.
La pena más alta, 16 años de cárcel, es impuesta al ciudadano sueco Iván C., considerado el director de toda la estructura en la que participaban los demás condenados con distintos cometidos, al coordinar todos los envíos, obtener el beneficio y encargarse del pago a los miembros de la organización.
En el caso de Joakim Broberg la Sala le condena a cuatro años y seis meses de prisión por un delito contra la salud pública de sustancias que no causan grave daño a la salud en cantidad de notoria importancia y otros cuatro años y medio por blanqueo de capitales de ganancias procedentes del tráfico de drogas, delito este último por el que se le impone además el pago de una multa de 4,9 millones de euros.
El tribunal considera probado que Joakim Broberg y el también acusado el español Roberto B. estaban integrados de forma estable y permanente en la actividad de tráfico de hachís y marihuana.
Sin embargo les absuelve de integración en organización criminal al considerar que no pueden ser acusados de este delito "más allá de la participación puntual" que el primero tuviera con alguno de los integrantes de otras organizaciones.
Pedían 18 años
La Sala recuerda que para la Fiscalía, que pidió 18 años de prisión para Broberg, concurre la circunstancia agravante de organización criminal al entender que todos los grupos de acusados intervinientes en cada una de las operaciones de tráfico de drogas estaban integrados en la misma.
Pero frente a este criterio el tribunal sostiene que cada uno de los acusados intervinientes en cada operación de droga forma parte de un conglomerado ajeno a las restantes incautaciones, "sin perjuicio de que algunos tengan una relación esporádica entre ellos".
Así la Audiencia concluye que "no nos encontremos ante una macroorganización bajo cuyo paraguas existan a su vez varios grupos más o menos organizados dedicados a la venta de hachís por varios países europeos".
Los magistrados absuelven a tres de los condenados y aplica a once la circunstancia atenuante de confesión por su reconocimiento de los hechos y al conformarse con las penas solicitadas por la Fiscalía Antidroga en el juicio.
En el caso de tres de los condenados el tribunal acuerda la sustitución de la pena impuesta por la expulsión del territorio nacional con la prohibición de regresar a España en un plazo de diez años y para otro de los procesados la suspensión de la pena de dos años con la condición de que no delinca en un periodo de cuatro años.
Fuente: La Opinión de Málaga
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