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Diario de a bordo / El irredentismo comarcal (LXVI)

San Juan: una carta esclarecedora

La operación para conseguir la propiedad de los terremos de marisma

Antes de la canalización de la ría, el campo de dunas del Espartal tenía su límite oriental en el llamado Playón de Raíces. Según la cartografía que conocemos y que arranca desde mediados del siglo XX, en el área meridional de dicho Playón, donde desaguaba el río Raíces, la línea de pleamar estaba situada a unos 450 metro del malecón de encauzamiento, disminuyendo en dirección septentrional hasta unos 200 metros. En esta línea de pleamar, tenía sus límites las propiedades de la RCAM. Ramón María Alvargonzález y Maximino Roza, en su libro "La desecación de las marismas en la ría de Avilés", afirman lo anterior, y añaden también que esta empresa, "aumentó su patrimonio de forma poco ortodoxa", refiriéndose también a estos terrenos.

La RCAM consigue primero variar la decisión sobre la ubicación del nuevo puerto, con la construcción de una dársena a cargo del Estado en la margen izquierda, en una zona de marismas contigua al Espartal. También logra que la vía férrea que uniría dicha dársena con la línea general del ferrocarril discurriese también por la margen izquierda de la ría. Estos dos objetivos se unían al ya alcanzado en 1855, cuando la Compañía Minera compró al Ayuntamiento de Castrillón, por 3.000 pesetas, el arenal del Espartal.

La llegada del ferrocarril y la construcción de la dársena en los terrenos adyacentes al Playón habían elevado al alza el valor de aquellas antiguas marismas, habida cuenta además de que parte de la obra de saneamiento ya había sido realizada por la Administración, con la ejecución de las obras de canalización de la ría y del arrecife del ferrocarril.

Todo iba según lo previsto, hasta ese momento. Ahora había que conseguir la propiedad de los terrenos de marisma de San Juan en donde se había instalado la dársena, y también los contiguos del denominado playón de Raíces. Ya hemos puesto algunos ejemplos de cómo actuaron los prusos en los ámbitos judiciales y políticos. Vamos a incidir un poco más en ello, antes de pasar a la resolución de los juicios que la RCAM promovió para llevar a cabo sus planes.

Veamos una carta de 2 de mayo de 1892 firmada por Victorino García Pola, abogado del Gabinete Jurídico del Marqués de Ferrera, que había sido puesto al servicio de la RCAM. El escrito va dirigido a Santiago Pyne, Director General de la RCAM. Dice así:

"Muy señor mío y distinguido amigo: Adjunto remito a usted copia literal del oficio que recibió nuestro amigo don Manuel Antonio Gutiérrez, como perito de Hacienda. (Recordar que el tal Manuel Antonio Gutiérrez, agrimensor, había sido el concejal del Ayuntamiento de Avilés que participó en el deslinde de 1883. Que en el de 1889, sin embargo, formó parte de la Comisión que actuó representando a Castrillón. También que en ese municipio había ejercido como Secretario y como Cobrador de Consumos. Es destacar el hecho de que este Manuel Antonio Gutiérrez, siendo perito que actuaba en nombre de la Hacienda del Estado, entrega el escrito a una de las partes en el contencioso; una parte que lo califica de "nuestro amigo"). Sigue la carta:

"...Del oficio se desprende que el Estado formó expediente de incautación del terreno "Playón de Raíces, anunciándolo en el Boletín Oficial de 19 de enero de 1891, y en vista de este anuncio debió solicitar el señor Aguisse la concesión de dicho terreno como marisma, y de aquí que la Dirección General hubiera acordado que los peritos que nombrase el señor Aguisse y el Ayuntamiento de Avilés, en unión con el de la Hacienda informasen si dicho terreno estaba o no bañado temporalmente por las aguas del mar o por el río Raíces, o si ha perdido o no el carácter de marisma."

Vemos que el Estado pide que se nombre un perito por parte del potencial comprador, otro por el Ayuntamiento de Avilés y un tercero por parte del Estado. Y estamos hablando de los terrenos del Playón de Raíces. No hay perito nombrado en representación del concejo de Castrillón Sigue la carta:

"...Por de pronto tenemos al señor Gutiérrez a nuestro favor..." (Gutiérrez era el perito nombrado por el Estado y manifiesta el abogado de la RCAM, ¡que lo tienen a su favor!, es ciertamente una revelación). Sigue la carta:

"...pero no así al señor Bausá, arquitecto municipal de esta villa (se refiere a Avilés) pues este señor se ha de procurar complacer en lo posible al señor Aguisse, y tanto más cuanto que por las noticias, o datos que he podido adquirir, este Ayuntamiento (Avilés) está a favor de don Javier Aguisse. Considero muy conveniente, y hasta necesario, el que se viese a don Nicolás García Rivero, pues éste, como nombrado por el señor Aguisse, pudiera muy bien ir de acuerdo con Bausá, y por lo tanto, nos quedaríamos tan solo con don Manuel Antonio Gutiérrez. Yo creo que el informe de Gutiérrez ha de pesar mucho en la Dirección General de Propiedades, por ser el perito de la Hacienda pública y, con alguna recomendación, de seguro que la Dirección General ha de desestimar la petición de don Javier Aguisse.

Está diciéndole al Director General de la RCAM, que busque alguna recomendación en la Dirección General, para que, desde allí, apoyen el informe del perito del Estado al que ya tiene comprado la RCAM, para que el fallo de este organismo sea favorable a los de Arnao. Es increíble. Sigue la carta:

"...Supongo que le llamará a usted la atención, pues también me la llamó a mí, la conclusión del oficio que dice, que la certificación será firmada por todos y con el visto bueno de la Alcaldía de Castrillón. Esto, hasta cierto punto no se comprende, a no ser que la Dirección General considere aquel terreno en términos de Castrillón, lo cual nos favorece porque el Alcalde de ese municipio no pondrá de buenas a primeras el visto bueno sin consultar con usted y conmigo, pues precisamente estuvo hoy en este despacho y le enteré del oficio, quedando de acuerdo en verse con usted, antes de poner el visto bueno en la certificación que en su día se le presente.

Este párrafo es maravillosamente esclarecedor. Hasta este momento, no consideran que los terrenos del Playón de Raíces estén bajo la jurisdicción del Concejo de Castrillón. Estamos en mayo de 1892 y la sentencia definitiva reconociendo el deslinde de 1883 va a ser de fecha 23 de junio de 1892. Es decir, en ese momento, admitían que el Playón de Raíces y la Dársena estaban en terrenos ganados a la ría, bajo jurisdicción de Avilés. Por tanto les parece normal que en el expediente actúe un perito nombrado por Avilés, y les extraña que se requiera el visto bueno del Alcalde de Castrillón. Era una novedad, pero les favorecía grandemente para los planes inmediatos. Por otro lado, queda clara la sumisión del Alcalde de Castrillón a la Real Compañía (en ese momento el primer edil era Alejandro Díaz Menéndez, del Cuadro) del que están seguros que no hará nada, sin antes consultar con la RCAM y con sus representantes legales. Sigue la carta:

"...Yo había pensado en pedir a la Administración la venta del terreno "Playón de Raíces", pero visto el expediente de incautación promovido por la Dirección General de Propiedades, no creo conveniente interesar aquella petición, mientras no sepamos la importancia que se da a la certificación de los peritos.

Bien pudiera suceder que la Alcaldía de Castrillón tuviese necesidad de mostrarse parte en el expediente de incautación, pero esto ya lo estudiaremos detenidamente. Lo que hoy conviene es ponernos de acuerdo, si fuese posible, con el perito don Nicolás García Rivero, pues con don Ricardo Bausá no es fácil conseguir nada.

También es estupendo este párrafo. Está sugiriéndole al Director de la Real Compañía que se "ponga de acuerdo" con el perito de su contrario en el contencioso, puesto que el representante del Ayuntamiento de Avilés, Ricardo Bausá, es considerado insobornable. Hay que probar con el que queda, aunque represente a su contrincante, para ver si pueden quebrar su voluntad de alguna forma. Sigue la carta:

"...Don Manuel Antonio Gutiérrez quedó de avisarme con anticipación, del día que señalen para practicar la diligencia de inspección, y de todo tendrá usted conocimiento.

Hoy estuvo en ésta don Felipe Rivero, quien tiene que estar mañana en el Ayuntamiento de Castrillón sobre un asunto pendiente con él y, como don Felipe lleva el mismo apellido también de Rivero, le pregunté si don Nicolás era pariente suyo, a lo que me contestó que eran algo parientes, aunque remotos, y que tenía con él buena amistad, ofreciéndose a recomendarle el asunto pendiente. Vea usted pues, si cree conveniente estar con el mencionado don Felipe para que éste, a su vez, se persone con don Nicolás en Oviedo.

Aquí ya es explícito: Vea usted si cree conveniente estar con el mencionado perito; yo ya le he planteado el tema y ha sido receptivo, le dice a Santiago Pyne. El toro ya está en suerte, ahora debe usted rematar. Sigue la carta:

"...Nada más por hoy, y por lo dicho comprenderá que no pierdo de vista el asunto. Consérvese bueno y disponga como guste de este su siempre amigo y S.S. Firmado: Victorio García Pola".

Bueno, un botón de muestra más. Seguiremos ilustrando con algún otro ejemplo, las herramientas usadas por los prusos contra Manín primero, y contra Avilés después, por la propiedad y el control jurisdiccional de San Juan.

Así sucedió, así se lo he contado, y así queda anotado en mi Diario de a Bordo. Pero la historia continúa...

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