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Deducciones o donaciones

La polémica en torno a la enseñanza concertada

Algunas comunidades autónomas están en el punto de mira educativo por un asunto relacionado con la enseñanza concertada. Se trata de las donaciones y/o deducciones, y su tratamiento fiscal. Algunos ven en este asunto un claro ataque a la enseñanza concertada, con un pretexto que no tiene recorrido jurídico; otros una cuestión de justicia impositiva, que no afectaría ni a sindicatos ni a partidos políticos, entre otros colectivos.

Todo ha surgido porque, desde el Ministerio de Hacienda, se habría ordenado a la Agencia Tributaria que pida una declaración complementaria en aquellos casos en los que se considere que las familias presentan como donaciones a los colegios concertados, lo que en realidad son gastos a cambio de servicios prestados. Debido a la inquietud de esta medida anunciada, la Agencia Tributaria habría empezado a exigir la devolución de deducciones realizadas por algunos padres en sus declaraciones sobre la renta por los pagos mensuales de la escolarización de sus hijos en colegios concertados, al entender que hay una contraprestación y no donativo en dichos pagos.

La realidad es que la Agencia Tributaria no ha comunicado nada en cuanto a las modificaciones de los criterios actuales. Esta confusión preocupa las familias asturianas por un caso presentado en el AEAT. Sin embargo, las familias que mandan sus hijos a los colegios concertados de Asturias deben saber que las aportaciones voluntarias o donaciones realizadas a los colegios son perfectamente legales y compatibles con el régimen de conciertos siempre que cumplan los previsto en el artículo 88 de la LOE, voluntarias y no destinadas a sufragar servicios financiados por el concierto educativo. Además, dichas aportaciones pueden tener desgravación fiscal por parte de los donantes siempre que cumplan los requisitos previstos en la ley de Mecenazgo 49/2202. Ley en la que no se ha producido ninguna modificación. No se puede intimidar a ningún padre por ejercer la libertad de educación, cuando se cumple la legalidad vigente constitucional.

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