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Limitación de los mandatos de alcaldes

La revisión del tiempo que regidores y concejales ocupan sus cargos

Desde aquel 15-M de 2011, cuando las plazas de España se llenaron de población indignada, han sido muchos los cambios políticos que se han producido en nuestro país (por ejemplo, la abdicación del Rey Juan Carlos I y el cuestionamiento incluso estridente del modelo territorial del Estado y de los pilares políticos e institucionales surgidos de la Constitución de 1978).

Tampoco pretendo atribuir en exclusiva el componente causa-efecto a las acampadas, pero es bien cierto que, desde entonces, han surgido dos fuerzas políticas muy potentes como son Ciudadanos y Podemos dando por desaparecidas a otras dos: UPyD e IU.

Así las cosas, con la entrada en escena de los nuevos partidos ambos articulan un discurso "regeneracionista", en el caso de C's, o incluso "seudorevolucionario" en el caso de Podemos. Y ahí se introduce el debate sobre los sueldos de los cargos públicos, el código ético del político, la necesidad de apartar de la militancia a los "imputados", etc..., y también la limitación de mandatos.

Parece ser que en esto nosotros, las izquierdas, somos -como en casi todo- moralmente superiores y más papistas que el Papa. Hago notar a las distinguidas lectoras y lectores cierta ironía en mis palabras. Y es que desde hace años -o incluso lustros- se dice y se recoge en estatutos de partidos y sindicatos que ciertos cargos orgánicos y mandatos institucionales deberán limitarse a dos periodos. Parece ser por convenio que ocho años son suficientes para que la persona aporte su valía sin agotarse física y emocionalmente y, quizá más importante, sin agotar al sufrido contribuyente.

Me declaro partidario de esta máxima. Incluso me atrevo a proponer que se limite por Ley todo mandato a dos periodos (aunque de cinco años cada uno, en lugar de cuatro).

Sin embargo, pese a tantos estatutos y declaración de intenciones no es extraño encontrar en nuestra izquierda política y sindical a gente con "mando en plaza" que ya era concejal durante la Transición o en los años ochenta. ¿Por qué? Porque siempre hay letra pequeña y porque a mucha "prima donna" le complace pensar que es indispensable. Y en la política municipal, donde el cargo público está en constante contacto con los vecinos y con los problemas cotidianos, ese síndrome se halla muy extendido. Tal vez por eso nunca se aborda la limitación de mandatos en las alcaldías.

Por descontado que alguien podría argumentar que no es fácil formar a concejalas y concejales (menos aún a "alcaldables") y que no sobran los "cuadros de partido" para permitir la rotación cada ocho años. Ese argumento parece razonable aunque se desmorona cuando se llegan a conocer los mecanismos internos ideados en los partidos para perpetuar la endogamia intramuros (con primarias o sin ellas).

Por consiguiente, concluiré diciendo que abogo por concejalías y alcaldías limitadas a un máximo de dos mandatos siendo una propuesta que tal vez precisamente en las Cuencas pueda ser recogida por la izquierda gobernante en nuestros ayuntamientos, haciendo así de vanguardia al desarrollar esta medida pionera.

Incluso es posible que Mieres, cito este concejo por ser el mío y por tener un alcalde carismático a punto de concluir su segundo mandato, quiera aprovechar la oportunidad de inaugurar tan democrática práctica.

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