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Las ausencias del callejero

Sobre la aplicación de la ley de Memoria Histórica en las calles de Oviedo

En el ejemplar de LA NUEVA ESPAÑA del pasado 5 de noviembre se publicaba una amplia información de Don Manuel Gutiérrez Claverol, que llevaba por título "La falta de mujeres en el callejero", con un subtítulo destacando que "sólo el 3% de las referencias de las vías públicas en Oviedo están asociadas a personajes femeninos, por debajo de la media nacional".

Estando plenamente de acuerdo con el contenido de dicho trabajo explicativo sobre la nomenclatura de las calles de la capital del Asturias, quisiera hacer una pequeña matización sobre el párrafo que se refiere a que "?aunque cada municipio tiene su propia normativa para bautizar sus calles, existen también leyes estatales al respecto, tal es el caso de la Memoria Histórica (art. 15.1 de la Ley 52/2007), que posibilita retirar la denominación de personajes o menciones conmemorativas de exaltación, personal o colectiva, de la sublevación militar, Guerra Civil o de la represión durante la Dictadura?".

Con toda cordialidad y sin ánimo de provocar más polémica que la ya existente al respecto, permítame recordarle al Sr. Gutiérrez Claverol que ni en la Exposición de Motivos ni en el artículo 15.1 de la mencionada Ley se habilita, ordena, justifica o ampara para su aplicación el cambio de denominación de 21 calles, vías o plazas de Oviedo sustituyéndolas por otras, puesto que si se toma la molestia de leer dicho artículo, lo que en él se dice literalmente es que "Las Administraciones públicas, en el ejercicio de sus competencias, tomarán las medidas oportunas para la retirada de escudos, insignias, placas y otros objetos o menciones conmemorativas de exaltación, personal o colectiva, de la sublevación militar, de la Guerra Civil y de la represión de la Dictadura". Y nada más. En los rótulos retirados solamente figuraba el escudo de la ciudad, un nombre, personal o colectivo y, en algunos casos, la profesión u oficio o una fecha. Y nada más. Y en base errónea a este texto legal se adoptó por el Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Oviedo el acuerdo de 2 de diciembre de 2016, acuerdo que no se ajusta a la Ley 52/2007, pues en el art. 15.1 mencionado no se ordena, impone u obliga la retirada de rótulos o "placas" de denominación de los nombres que tenían las calles, vías o plazas, con la connotación correspondiente, ni que se sustituyan por otras de nueva denominación, justificándolo debidamente y, en consecuencia, dicho acuerdo ha sido declarado nulo, así como todos los actos y determinaciones derivados del mismo con todos los efectos inherentes a dicha declaración, según se recoge en la Sentencia Nº 176/2018, de veinte de setiembre de dos mil dieciocho del Juzgado de lo Contencioso-administrativo nº 6 de Oviedo, al estimarse el recurso interpuesto en su día contra el repetido acuerdo, ya declarado ilegal.

No está, pues, en "stand by" este asunto por lo que se refiere a las 21 calles, vías y/o plazas cambiadas ilegalmente de denominación, sino que, como ordena la sentencia, ya debería haber procedido el Ayuntamiento a la retirada de los rótulos con las nuevas denominaciones que, además, tampoco se ajustan a lo prometido, puesto que en una información aparecida en LA NUEVA ESPAÑA de 2 de marzo del año en curso, a cuyo ejemplar nos remitimos, se decía literalmente: "Oviedo recordará el. nombre franquista con una segunda placa. El antiguo nombre franquista aparecerá rotulado debajo del principal y con una frase para explicar el motivo de la supresióin", lo que evidentemente no se ha hecho, y colocado en su lugar las que inicialmente tenían, al no haber recurrido la sentencia, que es firme y definitiva, ni haber llevado a cabo las actuaciones para la ejecución de la en la misma ordenado, al haber prescrito el plazo legal para ello.

Efectivamente, faltan nombres de mujeres ovetenses ilustres en el callejero de nuestra ciudad: científicas, docentes, escritoras, pintoras, músicas, etc., etc. desprovistas totalmente de ideología política, por cuyo incremento abogo, pero esto a nuestro Ayuntamiento le trae sin cuidado, haya o no haya leyes para su aplicación. Son otros los criterios con los que se gobierna desde el Consistorio.

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