Hacienda se pone seria con el dinero en efectivo: esta es la cantidad que debes declarar si no quieres recibir una multa

La Agencia Tributaria ya vigila estas cantidades

Hacienda se pone seria con el dinero en efectivo: esta es la cantidad que debes declarar si no quieres recibir una multa

María González Falcó / Manuel Riu

El Banco de España no establece limitación sobre el transporte de efectivo, pero sí existe "obligación de declarar todo movimiento interno en el territorio español de una cantidad igual o superior a 100.000 euros", según informa el organismo. El Banco de España tampoco establece límite de dinero que se pueda llevar en efectivo, pero "quien entre o salga de España con una cantidad igual o superior a 10.000 euros deberá realizar una declaración. Incluye también el desplazamiento desde o hacia países miembros de la UE y por cualquier medio: frontera terrestre, marítima o aeroportuaria".

"Es necesario declarar en la aduana cualquier medio de pago igual o superior a 10.000 euros por persona o su contravalor en moneda extranjera. Deberás realizar una declaración de movimientos de medios de pago a presentar en los servicios de aduanas", explican desde Aena. "Se consideran bienes personales los adquiridos ocasionalmente, que se destinan al uso personal o familiar de los viajeros o a ser ofrecidos como regalos y que, por su naturaleza y cantidad, no pueda presumirse que sean objeto de una actividad comercial. Entre estos bienes, no se tiene en cuenta el valor de los medicamentos que el viajero necesite para su uso personal:

Límite de 430 euros para el valor total de los bienes transportados en los equipajes personales a partir del cual el pasajero deja de estar exento de pagar derechos de importación, IVA e impuestos especiales. El límite se reduce a 150 € en el caso de los menores de 15 años.

¿Y si no se delcara el dinero? Si no presentas la declaración de efectivo o si esta es incorrecta o está incompleta, te impondrán sanciones. Recuerda que las autoridades aduaneras también pueden hacer controles individuales, o de tu equipaje o vehículo. Las autoridades aduaneras también intervendrán cuando existan indicios de que el efectivo está vinculado a una actividad delictiva, incluso si el importe es inferior al umbral de 10 000 euros, informan desde la Unión Europea. Además, "las autoridades aduaneras también pueden exigir una declaración informativa del efectivo si una suma de un valor igual o superior a 10 000 euros (incluidos los artículos definidos como efectivo en la lista anterior) entra o sale de la UE por correo, o transportado como mercancía o mediante servicios de mensajería. En este caso, el remitente o el destinatario, o sus representantes, deben presentar una declaración informativa en un plazo de 30 días desde la petición de las autoridades aduaneras".

Por lo tanto,sSi tienes previsto entrar en la UE o salir de ella con 10 000 euros en efectivo (o su equivalente en otras divisas) o llevar una o varias de las materias primas enumeradas a continuación (por un valor de 10 000 euros), debes declararlo a las autoridades aduaneras del país de la UE en el que entres o del que salgas, utilizando para ello el formulario de declaración de efectivo de la UE . Las normas de la UE definen el efectivo como:

  • billetes y monedas (incluidas las monedas que ya no están en circulación pero que han sido aceptadas para el canje por los bancos)
  • efectos negociables al portador (es decir, cheques y cheques de viaje, pagarés u órdenes de pago firmadas pero sin un beneficiario designado)
  • monedas con un contenido de oro del 90 %, como mínimo
  • oro sin acuñar, como en forma de lingotes o pepitas, con un contenido de oro del 99,5 %, como mínimo
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