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Hacienda se pone seria y elimina la esperada paga extra de los pensionistas: lo que deben hacer el 2 de abril

Los pensionistas perderán cantidades que van desde los 2.000 a los 4.000 euros

Hacienda se pone seria y elimina la esperada paga extra de los pensionistas: lo que deben hacer el 2 de abril

Hacienda se pone seria y elimina la esperada paga extra de los pensionistas: lo que deben hacer el 2 de abril

La Agencia Tributaria ha detenido las devoluciones del IRPF a cientos de mutualistas asturianos que aún no habían recibido el dinero que habían demandado por haber tributado de más por sus pensiones en los últimos cuatro años. Hacienda, que el pasado marzo habilitó un formulario para canalizar todas las reclamaciones, ha decidido dejar sin efecto las devoluciones que aún estaban pendientes de resolución –cerca del 20% del total– y ha adoptado un nuevo sistema que obligará a los pensionistas a volver a reclamar y que implicará un cobro a plazos.

Según ha explicado la Agencia Tributaria, el cambio –incluido en una de las disposiciones finales de la Ley del Impuesto Complementario para las Multinacionales publicada el pasado 20 de diciembre– implicará que los pensionistas tendrán que solicitar cada año la devolución correspondiente a un ejercicio durante las próximas cuatro campañas de la renta, hasta 2028.

Malas noticias para los pensionistas: el pago ya no se hará como hasta ahora a partir de febrero

Manuel Riu

Desde finales de 2023, asesorías fiscales, gestorías y sindicatos no pararon de tramitar reclamaciones de jubilados asturianos que consideraban que habían tributado de más por sus pensiones después de que una sentencia del Tribunal Supremo reconociera el derecho de devolución a los trabajadores de la Mutualidad Laboral de la Banca y después de que la Agencia Tributaria reconociera la posibilidad de que puedan ser atendidas las reclamaciones de jubilados de otros sectores.

Las cotizaciones a la Seguridad Social, creada en 1967, fueron consideradas un gasto deducible en el Impuesto sobre la Renta (IRPF), mientras que las cuotas de las mutualidades tributaban por dicho impuesto al 100%. Había una desigualdad evidente entre los dos colectivos de trabajadores y de ahí que se aprobara una disposición transitoria a la Ley del IRPF para permitir a los mutualistas deducir un porcentaje del tributo. Ese marco transitorio estuvo vigente hasta 1978, cuando entró en vigor el actual modelo de cotizaciones a la Seguridad Social. La sentencia del Supremo reconoció a los pensionistas que cotizaron en la Mutualidad Laboral de Banca el derecho a disfrutar de una reducción fiscal del 100% por lo cotizado hasta el 31 de diciembre de 1966 y de un 25% por lo cotizado entre el 1 de enero de 1967 y el 31 de diciembre de 1978. Los mutualistas tienen derecho a solicitar la rectificación de las autoliquidaciones de IRPF de todos los ejercicios no prescritos (los últimos cuatro años) para reducir su base imponible y solicitar la devolución de lo que les corresponda. Cada caso es diferente, pero distintas fuentes señalaron que las devoluciones pueden llegar a superar los 2.000 euros.

Ante la oleada de reclamaciones, la Agencia Tributaria se puso a trabajar de forma coordinada con la Seguridad Social y otros organismos y el 20 de marzo del pasado año habilitó en su sede electrónica un "sencillo" formulario para atender las solicitudes de devolución "a la mayor brevedad posible y con los menores inconvenientes para los ciudadanos", según anunció entonces Hacienda.

Ahora, la Agencia Tributaria ha decidido dejar sin efecto ese formulario de devolución para mutualistas y dejar también sin efecto las solicitudes de devolución del IRPF que no hayan sido resueltas con anterioridad al 22 de diciembre de 2024, con independencia de la vía utilizada para la solicitud. No obstante, desde la Agencia Tributaria se ha precisado que las solicitudes que quedan sin efecto interrumpen el plazo de prescripción.

Los afectados tendrán que presentar la primera solicitud del ejercicio 2019 (y si tienen anteriores no prescritos porque los hayan recurrido) entre el 2 de abril y el 30 de junio de este año, tal y como avisan desde Hacienda.

Cabe recordar que la campaña del impuesto de la renta (IRPF) que comienza el próximo 2 de abril presenta algunas novedades en cuanto a las vías de pago. Por primera vez, las declaraciones que resulten a ingresar se podrán liquidar mediante tarjeta, como se hace en las compras de comercio electrónico; o mediante Bizum, el sistema de pagos instantáneos con el que colaboran 38 entidades bancarias y que en 2024 alcanzó los 28 millones de usuarios activos.

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