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La OCU advierte: las sillitas de coche que no cumplan esta norma pueden costarte 200 euros y poner en peligro a tu hijo

La Organización advierte que utilizar sillitas de coche no homologadas o que no cumplan la normativa R129 (i-Size) pone en grave riesgo la seguridad infantil, además de acarrear multas de 200 euros y la pérdida de 4 puntos del carnet

La OCU advierte: las sillitas de coche que no cumplan esta norma pueden costarte 200 euros y poner en peligro a tu hijo

La OCU advierte: las sillitas de coche que no cumplan esta norma pueden costarte 200 euros y poner en peligro a tu hijo

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Con el verano a la vuelta de la esquina y los largos trayectos a causa de las vacaciones de verano, la Organización de Consumidores y Usuarios ha insisto en la importancia de utilizar sillitas de coche homologadas para garantizar la seguridad de los más pequeños durante los desplazamientos. En España, la normativa de tráfico establece que todos los menores de hasta 135 centímetros de altura deben viajar acompañados de un sistema de retención infantil adaptado a su peso y talla. No cumplir con esta obligación, no solo pone en peligro la seguridad del menor, sino que también puede acarrear importantes sanciones económicas y la retirada de puntos del carné de conducir.

Obligatorio usar una silla homologada

La OCU explica que una silla homologada es aquella que ha superado una serie de pruebas oficiales de seguridad exigidas por la normativa europea. Actualmente, la regulación vigente se corresponde con la homologación R129 i-Size, obligatoria para las sillitas nuevas que se comercializan en Europa. Aunque los modelos antiguos con homologación ECE R44/04 pueden seguir empleándose si fueron comprados antes de la entrada en vigor de la nueva norma, ya no pueden fabricarse ni venderse desde septiembre de 2024.

Según la OCU, utilizar una silla no homologada corresponde a no llevar ningún sistema de retención infantil. Esto supone varios riesgos. El principal es que el dispositivo podría no ofrecer la protección mínima necesaria en caso de accidente. Además, las aseguradoras podrían reducir o incluso rechazar una indemnización si consideran que el menor no viajaba correctamente protegido. A ello se suma una multa de 200 euros y la pérdida de cuatro puntos del permiso de conducir.

La principal diferencia entre ambas homologaciones está en el sistema de clasificación y en las pruebas de seguridad. Mientras la antigua norma ECE R44/04 organizaba las sillitas por grupos de peso, la nueva R129 i-Size las clasifica según la altura del niño. También incorpora pruebas de impacto lateral y exige que los menores viajen a contramarcha al menos hasta alcanzar los 76 centímetros de altura, una medida que mejora significativamente la protección en caso de colisión.

La OCU recomienda comprobar siempre que la sillita cuenta con la etiqueta naranja de homologación correspondiente a la homologación R129 i-Size antes de adquirir o utilizarla y verificar que el rango de estatura indicado se adapta correctamente al menor.

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