Saltar al contenido principalSaltar al pie de página

Secciones

Despiden a la trabajadora de un supermercado que pagó 2 euros por cañas de lomo que costaban 80 euros

Sus jefes alegaron que se había roto la buena fe contractual y se había quebrado la confianza

Interior del supermercado

Interior del supermercado / Mercè Gost Parera / RG7_EXTERNAS

El Tribunal de Justicia de Castilla y León acaba de confirmar el despido disciplinario que ejecutó una gran cadena de supermercados contra una trabajadora que, a sabiendas de que estaba estafando a su empresa, compró cinco cintas de lomo que costaban 80 euros pagando por ellas solo dos euros (0,50 por cada una). Los magistrados consideran que ha quedado totalmente acreditado que hubo mala fe y que la empleada se aprovechó de su puesto de supervisora para, de alguna manera, conseguir una rebaja que no estaba permitida y que hizo perder dinero a la empresa.

Los hechos llevan un largo trámite judicial. No en vano ahora el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León lo que hace es contestar al recurso de apelación que había impuesto la mujer despedida contra la sentencia del juzgado de lo social número 2 de Palencia, la provincia en la que tuvieron lugar los hechos.

La primera demanda en esa primera sala judicial, de hecho, se presentó a principios del año pasado. Fue entonces cuando se inició el procedimiento judicial para clarificar unos hechos que habían tenido lugar en el mes de febrero. A principios del año pasado los jueces aseguran en su relación de hechos probados que la mujer ahora despedida “procedió a rebajar el precio de una caña de lomo de cebo ibérico” que costaba 20,13 a 4,99 euros (un precio demasiado rebajado incluso durante los períodos de promoción que pueden tener los supermercados). No contenta con esto apenas unos días después se vendieron 27 unidades de ese producto a un precio de 0,25 y 0,50 euros algunas de ellas. Cuatro de estas unidades fueron compradas por la trabajadora “realizándose el forzado del precio en caja donde prestaba servicios otra trabajadora que también resultó despedida”.

GENTE COMPRANDO EN SUPERMERCADOS

GENTE COMPRANDO EN SUPERMERCADOS / EPA

En la carta de despido que fue entregada a la trabajadora los responsables del supermercado afirmaban que la empleada había vulnerado “uno de los principios más básicos en los que la empresa funda la relación de confianza con sus trabajadores como es el de respetar las mercancías que se encuentran a su alcance”. “Usted ha trasgredido a buena fe contractual, así como ha abusado de la confianza depositada en usted ya que, independientemente del valor de la mercancía la confianza ha quedado absolutamente quebrantada por los hechos cometidos sino que pueda ser restablecida de forma alguna habiendo incurrido en un fraude”, añaden y hacen hincapié en la “mala fe” de la trabajadora. Su despido fue considerado “disciplinario”, algo que ahora avalan los jueces.

Tracking Pixel Contents