Acaba despedido por amenazar a su jefe que no le permitía usar el teléfono móvil durante su jornada laboral
El empleado alegó que estaba pendiente de un problema familiar

Una persona usa el teléfono móvil, / David Zorrakino - Europa Press - Archivo
El Tribunal Superior de Justicia de Aragón ha confirmado el despido disciplinario de un trabajador de una empresa industrial después de que amenazara a su jefe durante una discusión relacionada con el uso del teléfono móvil en horario laboral. La Sala de lo Social desestima el recurso presentado por el empleado y ratifica la sentencia del Juzgado de lo Social de Huesca que ya había considerado procedente la extinción del contrato. Según recoge la resolución, el trabajador prestaba servicios para la empresa BRILEN S.A. desde marzo de 2022 con contrato indefinido y un salario diario de algo más de 112 euros. El conflicto se produjo el 24 de enero de 2024, cuando su responsable le llamó la atención por el uso reiterado del teléfono móvil durante la jornada. El empleado acudió posteriormente a hablar con su superior y le explicó que utilizaba el móvil por un problema familiar, pero durante la conversación realizó varias expresiones amenazantes. supremo
En concreto, según los hechos probados, el trabajador afirmó que si le quitaban el móvil y a su familia le ocurría algo “vendría, empezaría por arriba y terminaría por abajo”. Ante la insistencia de su responsable para que aclarara el significado de esas palabras, el empleado añadió que “vendría con la escopeta” y llegó a responder afirmativamente cuando se le preguntó si realmente dispararía. Estas palabras generaron temor en el responsable del taller, que trasladó lo ocurrido a la empresa, la cual incluso valoró medidas de seguridad tras el incidente. La empresa consideró que esas expresiones constituían una infracción muy grave del convenio colectivo y del Estatuto de los Trabajadores por tratarse de ofensas verbales y amenazas dirigidas a un superior, lo que justificaba el despido disciplinario con efectos desde el 7 de febrero de 2024. El trabajador impugnó la decisión alegando, entre otras cuestiones, que se trataba de una falta leve y que la empresa no había respetado determinados requisitos formales. Sin embargo, el Tribunal Superior de Justicia concluye que las amenazas fueron lo suficientemente graves como para justificar la máxima sanción laboral. Los magistrados subrayan que el trabajador no negó haber pronunciado esas palabras y que el superior llegó a sentir miedo real tras la conversación, hasta el punto de plantearse medidas de protección. A juicio de la Sala, un responsable de taller no tiene por qué soportar amenazas de ese tipo cuando se limita a llamar la atención por una conducta en el trabajo.
Por todo ello, el tribunal rechaza el recurso del trabajador y confirma la sentencia anterior que declaró procedente el despido, sin imponer costas a ninguna de las partes. La resolución permite ahora que el afectado pueda acudir al Tribunal Supremo mediante un recurso de casación para la unificación de doctrina.
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