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Freno a los pisos turísticos en Villaviciosa: el nuevo Plan General limitará su número y también el de las viviendas vacacionales

La normativa, que incide en el casco histórico de la capital y en Tazones, será transitoria hasta que se realice una especial para cada ámbito afectado

El ponente Sergio González Begega, dos miembros de la organización, durante su intervención en el Ateneo.

El ponente Sergio González Begega, dos miembros de la organización, durante su intervención en el Ateneo. / A. V.

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Paula Tamargo

Paula Tamargo

Villaviciosa

El nuevo Plan General de Villaviciosa limitará las viviendas de uso turístico (VUT) y vacacionales (VV), sobre todo en el casco histórico de la villa y también en Tazones, avanza el gobierno local. El documento de aprobación inicial del planeamiento ya incluye algunas medidas al respecto, pero estas serán transitorias y regirán mientras se desarrolla una normativa específica, en concreto, un plan especial para cada ámbito afectado, indican desde el Ayuntamiento.

La regulación que ya incluye el documento del Plan General, que actualmente se encuentra en fase de información pública, recoge que en suelo urbano de la Villa, incluido en el ámbito PEPU (Plan Especial de Protección del Casco Histórico), y en suelo urbano de Tazones, será necesaria la redacción de un Plan Especial de uso turístico por ámbito y, en tanto no se apruebe el referido Plan Especial, "únicamente podrán autorizarse nuevas viviendas vacacionales o de uso turístico en edificios de uso exclusivo".

También se plantea que en el suelo urbano de la Villa, excluido el ámbito del PEPU, la vivienda vacacional no podrá superar el 25 por ciento de las viviendas existentes en el ámbito. Mientras, en suelo no urbanizable de zona rural la vivienda vacacional no podrá exceder el 30 por ciento de las que haya en el núcleo.

Estas medidas se han integrado en el texto del planeamiento que cuenta con aprobación inicial y el equipo redactor apuesta por este modelo de "normas transitorias en el Plan General, que regirían hasta que se apruebe un plan especial que regule con más concreción esta actividad"- Los responsables del diseño del documento explican además que "la regulación de las viviendas de uso turístico requiere de un estudio específico al margen del Plan General, por su especificidad y tiempos de tramitación".

Charla en el Ateneo Obrero

Estos planteamientos se dieron a conocer por parte del gobierno municipal durante la charla organizada en el Ateneo Obrero por la Asociación sociocultural juvenil Magaya Maliaya y que versó precisamente sobre la situación actual del mercado inmobiliario local, y específicamente el auge de las viviendas de uso turístico y vacacionales, así como su impacto en la disponibilidad y los precios del alquiler.

Se contó con la exposición de Sergio González Begega, profesor titular de Sociología de La Universidad de Oviedo e investigador del Instituto de Recursos Naturales y Ordenación del Territorio (INDUROT), que junto con un equipo multidisciplinar es autor de análisis y estudios de planes en otros municipios asturianos.

Planes especiales

En su intervención, analizó la situación de Villaviciosa, en el contexto de la Comarca de la Sidra, y propuso "la conveniencia de avanzar en medidas como las ya adoptadas en el municipio de Llanes", donde se han implantado restricciones en el marco del Plan Especial de Uso Turístico para regular los usos de vivienda vacacional y de uso turístico del concejo de Llanes el año pasado.

Villaviciosa es el concejo de la Comarca de la Sidra con mayor número de viviendas de este tipo: tiene un total de 1.954, de las que 1.474 son vacacionales y 480 turísticas. El incremento de este tipo de alojamientos en un solo año supera el 60 por ciento.

La Comarca de la Sidra suma un total de 3.606 viviendas vacacionales o turísticas y por detrás de Villaviciosa se sitúa Colunga, con un total de 1.225. Le siguen Nava (174), Cabranes (108), Bimenes (91) y Sariego (54).

La vivienda vacacional (VT) es aquella que se comercializa como alojamiento íntegro y no por habitaciones. Mientras, las de uso turístico (VV) son las "ubicadas en un edificio de varias plantas sometido a un régimen de propiedad horizontal, que son cedidas temporalmente por su propietario o persona con título habitante, directa o indirectamente, a terceros" y que se pueden contratar "íntegramente o por habitaciones".

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