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Arquitecto

La vivienda en los programas de los partidos políticos

La necesidad de convertir el derecho básico a disfrutar de una vivienda digna y adecuada en un derecho fundamental

La Constitución Española establece una serie de derechos que confieren a todos los españoles una acción ejercitable ante los tribunales correspondientes si se considera que se es privado de alguno de ellos. Son los llamados derechos fundamentales: libertad de creencias, de asociación, reunión, circulación, residencia y sindicación; derecho a la seguridad jurídica y a la tutela judicial; a la educación libre y gratuita, entre otros. Y establece también, dentro de lo que denomina "principios rectores de la política social y económica", unos derechos que considera básicos, pero que no son fundamentales, por lo que su cumplimiento queda al albur de la voluntad política de quienes en cada momento nos gobiernen al no conferir a los ciudadanos la acción que sí pueden ejercer en el caso de aquellos.

Pues bien, uno de esos derechos básicos, que no fundamental, es el de disfrutar de una vivienda digna y adecuada, un derecho que recoge el artículo 47 de nuestra Carta Magna: Todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada. Los poderes públicos promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho, regulando la utilización del suelo de acuerdo con el interés general para impedir la especulación. La comunidad participará en las plusvalías que genere la acción urbanística de los entes públicos.

Y es éste, en mi opinión, un asunto muy importante, fundamental. Porque la vivienda siempre ha sido un bien de primera necesidad, una necesidad que las personas han pretendido siempre satisfacer de manera distinta, según las épocas. La vivienda es, además, una necesidad para todas las especies animales, racionales o irracionales, porque todas han necesitado de algún lugar en que habitar, llámese nido, madriguera o vivienda, de la misma manera que han necesitado del agua o de la comida. La diferencia estriba en que mientras para los animales irracionales esa habitación es simplemente para guarecerse y reproducirse, para la especie humana ese lugar, la vivienda, es algo más: es un conjunto de espacios convenientemente acondicionados para servir de alojamiento a una familia, numerosa, pluripersonal o unipersonal; es, en definitiva, el hogar.

Cabe hacer ya una primera distinción: la vivienda considerada desde una perspectiva económica y, por tanto, como un objeto de mercado, como un bien patrimonial, un activo; y la vivienda considerada desde una perspectiva social: como alojamiento, morada, como un bien que cumple una función social. Y es en este segundo aspecto, el de su función social, donde los poderes públicos han de intervenir y donde menos se ha intervenido y se interviene en España, país en el que se ha fomentado la consideración de la vivienda como un bien patrimonial, como un objeto de mercado. Consecuencia: éramos, en 2008, el país de la UE con más viviendas construidas, con más viviendas vacías y menos vivienda asequible, según un informe del Relator Especial de la ONU sobre "la vivienda adecuada como integrante del derecho a un nivel de vida adecuado"; y no parece que la situación haya cambiado mucho desde entonces.

Partiremos de algo que es reconocido como cierto de manera casi general: sólo con el alquiler como opción mayoritaria puede comenzar a resolverse el problema de la vivienda; y sólo con el alquiler social -es decir, con los poderes públicos como propietarios y arrendadores- puede resolverse el problema de quienes no tienen capacidad económica para acceder al disfrute de una vivienda digna ni siquiera en el mercado del alquiler libre.

Algunos países europeos lo han entendido así y llevan muchos años aplicando una política consecuente con ello. Holanda, Suecia, Reino Unido y Austria intervienen extensamente en el sector de la vivienda de alquiler social, alquiler cuya cuantía nunca superará el 30% de la renta familiar disponible; y son los países de la Unión Europea que mayor porcentaje de su PIB -un 3%- destinan a esa política. España, Portugal y Grecia, en el otro extremo, sólo dedican a ese sector un 0,5% de su PIB y tienen el menor porcentaje de viviendas de alquiler social de entre todas las existentes.

Pues bien, a pesar del fracaso de esta política en nuestro país -fracaso en el que ha tenido mucho que ver el reiterado y generalizado incumplimiento por parte de los ayuntamientos de la obligación de destinar el 5% de su presupuesto a la creación de un patrimonio municipal de suelo-, dos de los cuatro principales partidos que concurren a las próximas elecciones no llevan en sus programas la intención de elevar a fundamental este derecho básico a la vivienda digna y adecuada, y dos de ellos (PSOE y Ciudadanos), aunque parecen querer ir por ese camino, no lo hacen explícita y rotundamente. Así que no debe resultar extraño y decepcionante el hecho de que la vivienda no apareciese ni siquiera como cita gramatical en el último debate habido entre los cuatro partidos. Es verdad que en alguno de esos programas se hace referencia al alquiler social (PSOE: creación de parques municipales de gestión pública de viviendas de alquiler), y que en otro (Unidos Podemos), aún haciéndolo, parece dejar su creación en manos de la propiedad privada, ya que se dice que los garantes del alquiler social, cuya concepto se regulará por ley y que no podrá superar el 30% de la renta familiar, serán los grandes tenedores de viviendas, en especial las entidades financieras y filiales inmobiliarias, fondos buitre y las entidades de gestión de activos -incluidos los procedentes de las reestructuraciones bancarias- y las entidades inmobiliarias en cuyas manos se encuentren pisos vacíos con los que se creará un parque público de viviendas en alquiler social; pero sólo dos de ellos, como he dicho, hacen referencia a lo que podría ser la solución definitiva, que pasa por una reforma de nuestra Constitución: el PSOE (proponer la redefinición del derecho a la vivienda en la Constitución, para garantizarlo de manera efectiva) y Ciudadanos (inclusión de una nueva Sección de Derechos Sociales en la Constitución, entre el que estará de derecho a la vivienda).

Y es que ahí, en la reforma de la Constitución, está la clave: es necesario convertir el derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada en un derecho fundamental, exigible ante los tribunales, por tanto, por quienes no pueden hacerlo. De esa manera, su financiación, para quien no puede abordarla por sus propios medios, estaría incluida en los presupuestos de las administraciones competentes, de la misma manera que lo están la educación, la enseñanza, la justicia, la sanidad y, en general, todos aquellas actividades y servicios que nuestra Constitución contempla como derechos fundamentales de los españoles.

¿Es eso posible? Pues pudo serlo, si se hubiese aplicado la política adecuada; y lo puede ser si a partir de ahora se aplicase, es decir, si los poderes públicos se convirtiesen, de manera general y masiva, en promotores de vivienda pública de alquiler social para garantizar el derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada a quienes no pueden acceder a ella de otra forma. Pudo hacerlo antes, durante los años de lo que se llamó el "boom" inmobiliario (2000-2007) en los que las desgravaciones fiscales por adquisición de vivienda -medida que fue, dicho sea de paso, además de injusta y discriminatoria, una de las causas del encarecimiento de la vivienda en aquellos años- supusieron para el Estado una merma de ingresos de más de 34.000 millones de euros, según datos de la Agencia Tributaria. ¿Cómo? Pues habiendo suprimido esa desgravación desde un principio e invirtiendo el dinero que se dejó de ingresar en las arcas públicas en la promoción de las 350.000 ó 400.000 viviendas que con él se hubieran podido construir a lo largo de esos ocho años. Y puede hacerse a partir de ahora, promoviendo una adecuada gestión del suelo y aumentando progresivamente el porcentaje del PIB empleado en la política de vivienda social, cosa perfectamente realizable incluso en momentos como éste de necesaria reducción del déficit público. Por ejemplo: por cada 0,1 por ciento que se aumentase la inversión anual en ese campo (1.000 millones de euros, perfectamente compensables con la reducción de otros gastos, sin incrementar el déficit público), podrían los poderes públicos construir cada año unas 12.000 nuevas viviendas para destinarlas al alquiler social, a la reubicación de las personas desahuciadas sin alternativa habitacional y/o adquirir, a un precio razonable y para el mismo fin, una parte de esas viviendas vacías ya construidas que ahora están manos de entidades como el SAREB. Y, desde otro aspecto y no menos importante, para crear los 48.000 puestos de trabajo que los expertos estiman pudrían crearse durante la construcción de ese número de viviendas.

En definitiva: creo que la solución de este grave problema comienza con la inclusión en la Constitución como derecho fundamental de todos los españoles el de disfrutar de una vivienda digna y adecuada, esa vivienda contemplada desde su perspectiva social, tal y como está en Francia desde el año 2007; y dejar en manos del mercado la otra, esté ya construida o vaya a construirse, aquella que constituye una inversión, un bien patrimonial o, simplemente, un deseo de mejorar la que ahora se tiene con los propios medios económicos de cada cual. Desgraciadamente, y según se deduce de sus programas electorales, sólo dos (PSOE y Ciudadanos) de los cuatro partidos políticos que parece van a tener una amplia representación parlamentaria después del 26 de junio parecen querer caminar en esa dirección.

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