Los padres que desean que su hijo se llame Lobo ya pueden inscribirlo con ese nombre en el Registro Civil, después de que la Dirección General de los Registros y Notariado haya estimado el recurso interpuesto por estos progenitores contra la resolución que les denegó esa posibilidad. La Dirección General de Registros, dependiente del Ministerio de Justicia, ha remitido al Registro Civil de Fuenlabrada (Madrid) la resolución por la que estima favorablemente el recurso presentado por los padres con el fin de que éstos puedan inscribir en el mismo al recién nacido con el nombre de Lobo. El director general de los Registros y Notariado, Javier Gómez Gálligo, se reunió ayer con los padres.