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El Supremo da la razón a Cueva y Roza Abogados en Clases Pasivas

El Alto Tribunal reconoce el complemento de maternidad en Clases Pasivas a ambos progenitores, con atrasos e intereses

Abogados durante una reunión.

Abogados durante una reunión. / Lne

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B. B.

El Tribunal Supremo ha estimado un recurso de casación sostenido por Cueva y Roza Abogados en materia de complemento de maternidad en pensiones de Clases Pasivas. La resolución reconoce al pensionista el derecho a percibir el complemento con efectos retroactivos desde el reconocimiento de su pensión, más los intereses legales desde la reclamación administrativa. El valor del pronunciamiento no está solo en los atrasos obtenidos. El despacho llevó el caso hasta el Tribunal Supremo y superó el filtro más exigente del proceso contencioso-administrativo: acreditar que no se trataba de una mera discrepancia individual, sino de una cuestión jurídica con alcance general, llamada a fijar criterio para otros casos similares.

La Administración había denegado el complemento porque el otro progenitor ya lo cobraba. La defensa sostuvo que excluir al segundo progenitor era una lectura restrictiva y contraria al principio de igualdad. El Tribunal Supremo declara que el complemento de maternidad en Clases Pasivas puede disfrutarse simultáneamente por ambos progenitores cuando concurren los requisitos legales. Además, estimó el recurso, anuló la sentencia previa del TSJ de Madrid y reconoció el derecho al complemento con atrasos e intereses.

Sentencia relevante

La sentencia resulta relevante para funcionarios jubilados y pensionistas de Clases Pasivas a quienes se denegó el complemento por ser hombres o porque ya lo percibía el otro progenitor. Cueva y Roza estudia reclamaciones de quienes nunca solicitaron el antiguo complemento de maternidad o el actual complemento de brecha de género. También revisa casos de personas que ya obtuvieron el complemento tras una denegación inicial. En el ámbito laboral aún puede ser posible reclamar 1.800 euros por haber tenido que acudir a los tribunales para hacer valer su derecho.   

Ficha de la resolución: Sentencia del Supremo, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Cuarta, n.º 750/2026, de 17 de junio de 2026, recurso de casación n.º 6822/2024. Ponente: Francisco José Sospedra Navas. Procede del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

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