La publicación de la sentencia de la pieza política de los ERE se tradujo ayer en condenas por un monto total de 68 años de cárcel y 255 de inhabilitación para 19 de los 21 acusados, empezando por el expresidente de Andalucía y exconsejero de Economía José Antonio Griñán -al que la Audiencia de Sevilla pena con 6 años de prisión y 15 de inhabilitación por delitos de malversación y prevaricación- y su predecesor al frente de la Junta, Manuel Chaves, exministro y exvicepresidente del Gobierno, inhabilitado para ejercer cualquier cargo público durante 9 años al haber sido encontrado culpable de prevaricación.

Son inhabilitados también durante 9 años la exministra de Fomento y exconsejera de Hacienda Magdalena Álvarez y el exconsejero de Presidencia y exsecretario de Estado Gaspar Zarrías.

El fallo, que llega casi un año después de que el juicio quedara visto para sentencia, reprocha a los ejecutivos socialistas andaluces que tuvieran conocimiento de la "patente y palmaria ilegalidad" de las ayudas sociolaborales que concedieron con "absoluta falta de control" entre los años 2000 y 2009 (según la Fiscalía, unos 680 millones) y es un mazazo para el PSOE en plena negociación de la investidura de Pedro Sánchez.

A penas de cárcel también han sido condenados otros nueve ex altos cargos andaluces, entre ellos los exconsejeros de Empleo Antonio Fernández (7 años) y José Antonio Viera (7) y los ex directores generales de Trabajo Francisco Javier Guerrero (7 años) y Juan Márquez (7), así como el ex director general de la agencia Idea -que era la que aprobaba los expedientes- Miguel Ángel Serrano (6 años).

Absueltos de todos los cargos quedan el ex interventor general de la Junta Manuel Gómez (acusado de prevaricación y malversación) y el ex jefe del gabinete jurídico de la Junta, Francisco del Río, procesado por prevaricación.

En su fallo de más de 1.800 folios, los jueces se expresan en términos muy duros para referirse al "descontrol" en que degeneró la concesión de los ERE a empresas en crisis, después del cambio normativo que supuso la adopción de la herramienta presupuestaria de las transferencias de financiación, aprobada por el Gobierno de Chaves en el año 2000. Esa modificación permitió saltarse los controles de la Intervención General de la Junta en aras de una "agilidad" en el procedimiento que en realidad devino en su total ausencia de fiscalización por parte de la Consejería de Empleo.

El ponente del fallo, Juan Antonio Calle, insiste varias veces en calificar de "patentes" y "palmarias" las ilegalidades que Chaves y Griñán sabían que se estaban cometiendo, pero condena a pena de prisión al segundo y no al primero por su papel como titular de Economía entre 2004 y 2009, aduciendo que además de prevaricar (es decir, adoptar decisiones ilegales consciente de que lo son), malversó dinero público al permitir que se desviara para un fin ilegítimo.

El ponente se remonta en el tiempo para explicar qué circunstancias concurrieron para posibilitar el fraude. En julio de 2001 se firmó un convenio marco por parte de la Consejería de Empleo para materializar ayudas en materia de Trabajo y Seguridad Social. Junto al expediente de gasto de transferencias de financiación, el convenio marco permitió "a la Consejería de Empleo eludir los procedimientos legalmente establecidos para la concesión de subvenciones, así como su fiscalización por la Intervención Delegada" de dicho departamento.

"Ello propició que las subvenciones sociolaborales fueran concedidas por la Consejería de Empleo al margen del presupuesto, imposibilitando así su fiscalización previa, lo que favoreció un descontrol absoluto", concluye el fallo.

La forma de funcionar de la Junta hizo que no fuera fiscalizado "ni uno sólo de los expedientes de concesión de ayudas sociolaborales y ayudas a empresas" en crisis entre 2000 y 2009. Y eso también propició que el director general de Trabajo no tuviera que confeccionar un expediente de gasto singularizado de las ayudas que daba "puesto que tenía garantizado que iba a lograr el pago de todos modos" gracias al uso inadecuado de las transferencias de financiación.

La Consejería disponía de los fondos públicos del programa denominado 22E y luego 31L "sin sujeción a procedimiento alguno, sin control de la Intervención, sin exigir la más mínima acreditación de una situación que legitime la percepción de la supuesta ayuda, sin necesidad de justificar el empleo o uso del dinero que se recibía", según el ponente.