La cuenta atrás llega a su fin, en unos días, desde el próximo mes de febrero, entrará en vigor la SEPA, Zona Única de Pago en Euros, una norma encaminada a facilitar la apertura de cuenta en cualquier entidad de la eurozona pero que lleva a otros cambios de operativa de forma inmediata. Así, a la hora de realizar una transferencia o domiciliar un recibo necesitamos hacerlo a través del IBAN y no con el número de cuenta (CCC) con el que lo venimos haciendo hasta ahora.

El International Bank Account Number (IBAN) se convierte así en el nuevo número que definirá nuestras cuentas bancarias. En un principio no parece muy diferente al actual, ya que añade 2 letras y 2 números a los 20 dígitos que ya define actualmente nuestras cuentas. Las letras son dos y definen el país, ES en el caso de España, al que se añade dos números más, un cambio importante al que debemos estar preparado y que genera muchas preguntas:

¿Por qué es necesario este cambio?

La nueva cuenta unifica, que no iguala, la estructura de los códigos de cuenta. Por ejemplo, en España son 24 dígitos pero algunos países llegan a alcanzar los 34. Lo que si sirve es para identificar a nivel internacional una cuenta bancaria y automatizar de manera sencilla las transferencias entre bancos de la Unión Europea. Con esta norma, los pagos y transferencias intracomunitarias se ejecutan de manera similar a las nacionales, simplificando en teoría tarifas. Poniendo un ejemplo es como cuando se obligó a que marcáramos 9 dígitos en todas las llamadas telefónicas ya fueran a otras provincias o locales, añadiendo la obligación de incluir el prefijo en estas últimas.

¿Cuál es el beneficio económico?

Todas las transferencias entre dos cuentas SEPA, identificadas con su IBAN serán correctamente identificadas, sin que se pueda poner en duda como transferencias intracomunitarias. Con ello, pueden aplicar tarifas más económicas que con las transferencias a otros países del extranjero aunque en la práctica esta aplicación dependerá de las entidades financieras.

¿Cómo me entero de mi IBAN?

El IBAN debe apareciendo desde hace años en extractos, aplicaciones de banca online, talonarios? y además puedes solicitarlo en tu entidad financiera, que te lo entregarán automáticamente.

¿Cómo puedo conocer el IBAN de otras cuentas?

Es una de las grandes preguntas. El Banco de España informa que desde el 1 de febrero las entidades financieras no deben aceptar transferencias no realizadas por el IBAN. Pero establece mecanismos que ayudan a la transición. El Reglamento 260/2012 permite a las entidades ofrecer servicios de conversión gratuitos hasta 2016, pero únicamente para consumidores. Con ello antes de realizar la transferencia (no en el proceso de envío del dinero) podemos encontrarnos con herramientas en la que se nos incluye los nuevos dígitos que complementen el antiguo código de cuenta (CCC).

¿Y con los recibos domiciliados?

Estas herramientas se ofrecen para consumidores, para los que no lo son, como empresas el Banco de España establece que "es posible que haya proveedores que ofrezcan este servicio" y nos dirigen a que consultemos con nuestra entidad. En la práctica las empresas que no te hayan solicitado que comuniques el IBAN lo conseguirán a través de una entidad financiera o servicio independiente, que serán los encargados de realizar el cambio masivo de numeración.

En definitiva, nos encontramos con un cambio importante pero no traumático. Desde el 1 de febrero debemos acostumbrarnos a solicitar el IBAN para toda transferencia o domiciliación que vayamos a realizar, con herramientas accesibles para conseguirla y sin que tengamos que realizar gestiones costosas para nuestras domiciliaciones. Sólo queda saber si en verdad conllevará a un beneficio para el consumidor.