La sala de lo penal del Tribunal Supremo mantiene la condena de siete años y medio de prisión que impuso la Sección Segunda de la Audiencia al dominicano Jeffrey Tavárez por la muerte de una puñalada del joven de la misma nacionalidad Dionis Santana, hechos que ocurrieron en Oviedo en octubre de 2012. El jurado consideró a Tavárez culpable de un delito de homicidio, aunque aplicó la eximente incompleta de legítima defensa. El jurado también estimó las atenuantes de toxicomanía y confesión. La Sección Segunda impuso al acusado la máxima pena posible dentro de los límites marcados por el jurado, siete años y medio de cárcel.

Los familiares de Dionis Santana, cuyos intereses defiende el letrado José Manuel Fernández González, presentaron un recurso ante el Supremo en el que exigían que se incrementase la pena impuesta a Tavárez. Por un lado, indicaban que el veredicto y la sentencia incurrían en arbitrariedad en lo relativo a los argumentos utilizados para la apreciación de la atenuante de confesión, en opinión de la acusación particular, absolutamente ilógicos. El Supremo estima que el acusado, que estuvo defendido por Víctor Ignacio Hernando Albalá, se entregó cuando supo que había matado a Santana, aunque desconocía que hubiese un procedimiento contra él e indicó a los agentes dónde estaba el arma. El alto tribunal estima además que si el jurado no motivó sus argumentos fue a causa de que el acusado reconoció los hechos. Además, considera que hay base para considerar al acusado como toxicómano y niega que se dé la circunstancia de abuso de superioridad como sostenía la acusación particular, ya que la víctima iba armada con un palo.