El peor plan rector de los Picos

La zonificación es inconsecuente y se permite la caza deportiva

Vamos para atrás. El Plan Rector de Uso y Gestión (PRUG) que sale ahora a información pública es el que más rebaja el nivel de protección de este espacio. La normativa de este parque nacional ha ido derivando sucesivamente hacia la promoción del turismo agresivo en menoscabo de la conservación. Veamos qué ha sucedido.

En abril de 1991 salía a información pública el PRUG del Parque Nacional de la Montaña de Covadonga, antecesor del actual P. N. de Picos de Europa. Por ser el primero, nos debe servir de referencia para valorar la regulación posterior.

El segundo plan rector. En junio de 1999 salió a información pública la segunda norma rectora de este espacio natural, ahora ya denominado Parque Nacional de los Picos de Europa. La protección que otorgaba este documento quedaba muy lejos de lo que habíamos visto en aquella legislación de la Montaña de Covadonga, especialmente, por la permisividad que traía hacia la caza deportiva y las grandes infraestructuras.

Este segundo PRUG se esforzó en apadrinar un modelo de turismo agresivo, basado en estos equipamientos, impropios de un parque nacional. No obstante, estimaba que con el funicular de Bulnes y el teleférico de Fuente Dé ya había bastante. Por tanto decía: "No se autorizará la ejecución de ningún otro remonte".

El tercer PRUG, el más desconsiderado. Esta tercera normativa, que sale ahora a información pública, es aún menos proteccionista que la anterior.

Así, este proyecto de plan rector de 2019, que es tan prolijo para cuestiones menores, resulta sospechosamente escueto en un asunto de tanta importancia como estas macroconstrucciones. Su única mención al tema es: "La capacidad de transporte del funicular Poncebos-Bulnes y del teleférico de Fuente Dé queda limitada a las condiciones técnicas de explotación de cada una de estas infraestructuras".

En conclusión, propone que funcionen a todo lo que puedan dar sus instalaciones, sin reparar en las consecuencias ambientales de ello por estar en un parque nacional. Elimina, también, las restricciones a aumentar su frecuencia y su capacidad que regían hasta ahora. Es más, este tercer PRUG, expresamente, permite "incrementos de superficie o volumen" de estos actuales equipamientos.

Pero, lo que es peor, elimina la prohibición de instaurar nuevos remontes y ello es muy trascendente, dada la situación actual. Hay que recordar que hay una propuesta de montar un tren cremallera a los lagos de Covadonga, y en relación a ello el Principado, dirigido por el PSOE, tiene en marcha un estudio de las alternativas para el acceso a este lugar. Asimismo, hay que mencionar lo postulado en el Parlamento regional por la diputada del PSOE Dolores Álvarez Campillo: "La prioridad es modificar el PRUG, pues prohíbe los funiculares y las líneas de ferrocarril en el espacio protegido". Esta socialista animó a aprovechar la elaboración del documento que se está llevando a cabo actualmente para asegurarse de que en el futuro no incluya esta prohibición. Esta sesión acabó en una "proposición no de ley" "para iniciar los trámites necesarios para implantar el tren cremallera a los lagos de Covadonga". Propuesta aprobada el 18 de septiembre de 2017.

Con ello, se entenderá mejor la intencionalidad de la redacción del actual proyecto de plan rector.

Privilegios a la caza. Respecto a la caza deportiva, el otro gran tema que ha sido denunciado durante años por su ilegalidad, la legislación es clara, tanto en la ley de 2014 de Parques Nacionales como en el Plan Director de la Red de Parques Nacionales de 2016 se dice: "La caza y la pesca como actividades recreativas son incompatibles con los objetivos de un parque nacional".

El PRUG anterior, el segundo, redactado en 1999, ya aceptaba esa prohibición de la pesca y la caza deportiva, pero buscó la manera de no cumplirla, bajo la disculpa de "establecer un programa de acuerdos voluntarios con los titulares de los derechos cinegéticos existentes para la erradicación progresiva de esta actividad del parque nacional". Se estableció que en un plazo de seis años se tendría que culminar esta operación que afectaba fundamentalmente a la vertiente leonesa de este espacio protegido.

La realidad es que veinte años después, la caza no ha desaparecido del Parque. En el año 2000 denunciamos la realización de 98 cacerías, pero en 2014 ya fueron 284 las piezas abatidas, de caza mayor. El proyecto de nuevo plan rector, que sale ahora a información pública, vuelve a permitir, en la práctica, la continuación de la caza deportiva. Claro, también habla de su incompatibilidad, pero le vuelve a dar oxígeno, con un estatus de temporalidad. La ley de Parques Nacionales da un plazo de seis años y vuelve a hablar de la búsqueda de acuerdos voluntarios. Esto nos suena, ya lo habíamos oído antes. Pero han pasado muchos años, los acuerdos no han llegado y la caza deportiva sigue, vergonzosamente, realizándose en este espacio protegido, causando daños a la fauna e incluso suponiendo un impacto para el uso público.

Es más, este tercer PRUG da inauditas facilidades para su desarrollo en el Parque. Recordemos que en éste, se establece unas amplias "zonas de uso restringido", por donde solo se puede transitar a pie, aunque limitado a no salirse de los caminos, trochas y veredas. Sin embargo, sorprendentemente, en estas zonas restringidas se permite el acceso motorizado relacionado con la actividad cinegética. Parece que quien practica este caro deporte no quiere ir andando.

Esta insólita situación no se había permitido nunca, hasta ahora, en un plan rector.

Zonificación incoherente. Con la zonificación se pretende aparentar protección donde no existe. Se admite el valor de determinados hábitats, pero no se actúa en consecuencia. A muy poca distancia de áreas de alta protección teórica, se permite al teleférico de Fuente Dé volcar cientos de miles de visitantes cada año (747.379 en 2016). Así, en el mismo entorno de la estación superior de este remonte, situada a más de 1.800 metros, están ubicadas las valiosas lagunas de Lloroza y comienza "la zona de uso restringido". Es evidente que este teleférico causa un daño ambiental en este entorno y no se plantean medidas para aminorar su impacto.

Proteger no es dibujar líneas en un mapa, es establecer una normativa y una gestión responsable con todo el territorio que merece preservarse. Y este PRUG no va de eso.

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