El 22 de enero entró en vigor una nueva norma de la DGT por la que todos los patinetes y vehículos de movilidad personal que se vendan a partir de esa fecha en nuestro país deberán contar con una certificación oficial. Y los que se vendieron antes de esa fecha solo podrán circular hasta el 22 de enero de 2027. Un número único que lo identifique, un lugar donde poder colocar la futura matrícula, un sistema de alumbrado suficiente o un simple pito. Son algunas de las características exigidas en los nuevos patinetes, porque hasta ahora falta total de regulación como vehículo, pero en 2024 la ley cambia y en las tiendas ya no se podrán vender patinetes sin homologar. Por ejemplo, será obligatorio que los frenos actúen sobre las dos ruedas, que tengan un soporte para plegarlos y, sobre todo, que no pasen de 25 kilómetros por hora. Se evitarán así excesos desmesurados de velocidad o posibles incendios en las baterías. En cuatro de cada 100 accidentes con víctimas en ciudades hay implicado un vehículo de movilidad personal y en el 40% de los atropellos, lo mismo.