El Tribunal Supremo ha dictado una sentencia de divorcio en la que concede una indemnización de 27.000 euros a una mujer que además de dedicarse al cuidado de la familia trabajó en la empresa familiar, como autónoma y por tanto sin derecho a paro. Según el Alto Tribunal, que refrenda un fallo de la Audiencia Provincial de Albacete, se reconoce el "trabajo para la casa", y "en la realidad social actual parece oportuno atender a la situación frecuente de quien ha trabajado con mayor intensidad para la casa pero, al mismo tiempo, ha compaginado su actividad colaborando con la actividad profesional o empresarial del otro cónyuge, aun cuando medie remuneración".