El juez anula una sanción de la ORA al entender que el controlador no tiene rango para multar

La sentencia obliga al Ayuntamiento a devolver a un vecino de Castrillón los 80 euros que pagó por rebasar el tiempo máximo de estacionamiento

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Un controlador de parquímetro sancionando a un vehículo en la zona azul.
Un controlador de parquímetro sancionando a un vehículo en la zona azul. 
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  Una multa ilegal.  Avilés

Marta PÉREZ
El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Oviedo ha emitido una sentencia mediante la que anula una multa de 80 euros impuesta a un vecino de Castrillón por rebasar el tiempo máximo de estacionamiento en la zona azul. El juez estima que los controladores de los parquímetros no tienen consideración de agentes ni de auxiliares de la Policía Local, por lo que sus denuncias «no gozan de la presunción de veracidad». Según ha podido saber este periódico, se trata de la primera sentencia que el Ayuntamiento de Avilés recibe en este sentido. La sentencia, fechada el pasado 27 de enero, es firme y no cabe recurso contra ella. El Ayuntamiento ha sido condenado a reembolsar el importe de la multa al ciudadano multado. En cambio, el juez le exime de la imposición de las costas devengadas del litigio.

José María González Prieto fue multado el 12 de noviembre de 2010 por una falta consistente en rebasar el tiempo máximo de estacionamiento señalado en el tique horario del aparcamiento. «Decidí recurrir la multa, porque me parece injusto que por rebasar unos minutos el tiempo de estacionamiento te apliquen una sanción de 80 euros», explica este vecino de Castrillón.

González Prieto, asistido por la letrada Gracia Patricia Rodríguez, alegó en su recurso presunción de inocencia, al no haber existido actividad probatoria. Por su parte, el Ayuntamiento defendió esta actividad probatoria respaldada en la denuncia expuesta por el controlador de estacionamiento y la fotografía que éste aportó.

Por su parte, el magistrado Juan Carlos García López, considera que al no haber intervenido un agente de la Policía Local en la imposición de la sanción, el controlador carece de autoridad para sancionar. El juez recuerda una sentencia emitida en este sentido por el Tribunal Supremo de abril de 2002. El magistrado matiza que «ello no significa que sus denuncias carezcan de todo valor, sino que más bien les alcanzaría la consideración de denuncia voluntaria». La sentencia también observa defectos de forma en la sanción.

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