El Ayuntamiento de Avilés se ha denunciado a sí mismo con el fin de que el juez declare lesiva la licencia que permitió parte del derribo del cine Patagonia, concedida por el propio Consistorio el pasado mayo a la empresa propietaria de la antigua sala de proyecciones de Miranda, pese a que un mes antes la Consejería de Educación y Cultura la había incluido en el inventario de patrimonio cultural del Principado. Esta demanda la tiene que resolver en las próximas semanas el magistrado titular del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Número 3 de Oviedo que, para ello, ha abierto un expediente con el número 295/2015.

El pleito abierto por el Ayuntamiento de Avilés contra sí mismo es preceptivo por la ley (salvaguarda los intereses de los ciudadanos). Con esta autodenuncia, sin embargo, la administración local reconoce su torpeza al haber concedido permiso de derribo de un edificio que era susceptible de ser protegido por las leyes regionales. El gobierno avilesino explicó hace unas semanas que la solicitud de la licencia del cine Patagonia entró por registro el pasado 15 de mayo acompañada del proyecto técnico: "El expediente, en plazo y atendiendo a las condiciones urbanísticas en vigor, es informado de forma favorable y se concedió la licencia mediante un decreto de fecha 29 del mismo mes". Sin embargo, se concedió pese a que el Principado ya había comunicado de forma oficial (a través del BOPA) que la antigua sala de proyecciones se encontraba en fase previa de catalogación, lo que impedía cualquier actuación sobre el edificio. En este sentido, el concejal de Licencias, Manuel Campa, indicó en el Pleno de este jueves que había dado instrucciones para que el registro general remita todas las notificaciones de la Consejería de Cultura, además de a la Fundación, a los servicios técnicos municipales, informa T. CEMBRANOS.

La paralización efectiva del derribo se produjo a mediados del pasado octubre ante la estupefacción de los vecinos de Miranda. Siguiendo lo ordenado por la ley de la Jurisdicción Contecioso-Administrativa (artículo 127), el Ayuntamiento de Avilés ha presentado una demanda contra sí mismo con el fin de que el juez diga si la concesión de la licencia de derribo es o no lesiva para el interés público. El proceso se encuentra en este momento en el punto de partida, después vendrá la comunicación a las partes para que se personen y, al final, la fijación de la vista pública. La misma ley indica que el proceso tiene que estar subsanado en menos de 30 días.

Sin embargo, se pueden dar circunstancias singulares: que el juez no vea lesiva la concesión de permiso de derribo o que sí que la vea. Si se da este segundo caso, la licencia se anulará (actualmente, sigue vigente, según ha podido saber este periódico). En este supuesto, el Ayuntamiento puede encontrarse con un nuevo pleito, también por lo Contencioso-Administrativo, ya que el solicitante del derribo puede demandarle por daños y perjuicios, dado que ha tenido una serie de gastos por el derrumbamiento, parcialmente ejecutado, a los que tiene que hacer frente.

Es cierto que el Ayuntamiento concedió una licencia de derribo y no de construcción. Pero los líos judiciales pueden seguir adelante porque el Ayuntamiento, en virtud del Texto Refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y Urbanismo, puede verse obligado a levantar la fachada tirada por no haber tenido en cuenta el inventario de cines publicado por el BOPA y del que se hizo eco este periódico la pasada primavera. O sea, la torpeza derivada por la concesión de una licencia de demolición tiene ecos que se seguirán escuchando en los próximos meses. Hace 44 años que el cine Patagonia cerró.