El acusado de difundir por la red social Whatsapp un vídeo sexual de un menor que había recibido en su dispositivo móvil ha aceptado esta mañana la pena de dos años de cárcel y el pago de una multa de unos 1.600 euros. La acusación pública le atribuía un delito de revelación de secretos y pedía para el chaval tres años de prisión y el pago de una multa de 6.480 euros.

Los hechos que ahora llegan a juicio se produjeron este mismo año, el pasado febrero. El Ministerio Fiscal explicó que el hombre recibió en su teléfono móvil un vídeo sexual de un menor y dos fotografías de sus órganos genitales y que el 10 de febrero de este año reenvió esos archivos a un grupo de amigos de Whatsapp, difundiendo así su contenido.

La Fiscalía del Principado de Asturias considera que estos hechos constituyen un delito de revelación de secretos, en el que además está implicado un menor de edad (circunstancia que agrava la pena), y solicita inicialmente que el acusado sea condenado a tres años de prisión y al pago de una multa de 18 meses con una cuota diaria de doce euros (6.480 euros).

La difusión de imágenes íntimas sin consentimiento está tipificado como delito contra la intimidad y el derecho a la propia imagen tras la última reforma del Código Penal y está penada con entre uno y cuatro años de cárcel. En el caso de los vídeos o fotografías íntimas de menores, también es delito su posesión o archivo.